Sentencia nº 001076-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Abril de 2012

Fecha de Resolución12 de Abril de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2089-2010/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia N°2
RESOLUCIÓN 1076-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 2089-2010/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 1
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : BEATRIZ NELLY SALINAS MUNAYLLA
DENUNCIADA : BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. – MI BANCO
MATERIA : DEBER DE INFORMACIÓN
SERVICIOS BANCARIOS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se revoca la resolución venida en grado en el extremo apelado
que declaró fundada la denuncia, y reformándola, se declara infundada, al
haber quedado acreditado que el denunciado cumplió con contestar
íntegramente el requerimiento de información.
Lima, 12 de abril de 2012
ANTECEDENTES
1. El 19 de julio de 2010, la señora Beatriz Nelly Salinas Munaylla (en adelante,
la señora Salinas) denunció a Banco de la Microempresa S.A. - Mi Banco1 (en
adelante, el Banco) por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de
Protección al Consumidor2, indicando que el denunciado:
(i) No cumplió con contestar íntegramente su carta del 21 de junio de 2010,
específicamente la siguiente información:
a) El tipo de crédito otorgado, las tasas de interés aplicadas, incluyendo
el interés compensatorio, moratorio, penalidades, comisiones y gastos;
b) los saldos y cuotas pendientes de pago;
c) los descuentos o retenciones efectuadas al momento del desembolso;
y,
d) precisar si el cálculo de los intereses proyectados se basó en el monto
real desembolsado o además incluyó los importes retenidos.
(ii) el Banco le indicó que si deseaba copias de la documentación requerida
debía acercarse a la agencia de Los Olivos, previo pago de las
comisiones aplicables según el tarifario;
(iii) omitió entregarle copia del título valor y del contrato al momento de la
contratación del crédito; y,
1 RUC 2 0382036655 y con domicilio fiscal en Calle Domingo Oru é 165, Res. Urb. Limatambo, Surquillo.
2 Cuyo texto y sus modificatorias hasta el 30 de enero de 2009 s e encuentran comprendid os en el Decreto Supremo
006-2009-PCM, Texto Único Ordenad o de la Ley del Sistema de Protección al Consumid or.

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