Sentencia nº 002329-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente229-2008/CPC-INDECOPI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2329-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 229-2008/CPC-INDE COPI-LAM
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : DORIS MARLENI REYES PEZO VDA. DE
SANTISTEBAN
DENUNCIADA : EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE
SEGUROS Y REASEGUROS
MATERIA : SEGUROS
SOAT – AFOCAT
ACTIVIDAD : PLANES DE SEGUROS GENERALES
SUMILLA: Se confirma, modificando sus fundamentos, la resolución venida
en grado que declaró fundada la denuncia por infracción del artículo 8º de la
Ley de Protección al Consumidor, debido a que la denunciada denegó
injustificadamente el pago de la indemnización que correspondía a la
denunciante como beneficiaria del Seguro Obligatorio contra Accidentes de
Tránsito.
SANCIÓN: Amonestación.
Lima, 18 de octubre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 23 de setiembre de 2008, la señora Doris Marleni Reyes Pezo Vda. De
Santisteban (en adelante, la señora Reyes) denunció a El Pacífico Peruano
Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros (en adelante, Pacífico) ante la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, la
Comisión) por infracción del artículo 8º del Decreto Legislativo 716, Ley de
Protección al Consumidor.
2. La señora Reyes señaló que Pacífico se negó a indemnizarla por la muerte
de su esposo, Catalino Santisteban Sandoval, ocurrida como consecuencia
del accidente de tránsito acaecido el 10 de enero de 2008 en el distrito de
Jazán, Amazonas, en donde intervino el vehículo de placa UQ-8130 de la
Empresa de Transportes Tarapoto Tours S.A.C., que contaba con Seguro
Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (en adelante, SOAT) de la
denunciada. Precisó que la ocurrencia del siniestro constaba en el respectivo
atestado policial de la Comisaría de Jazán – Amazonas, siendo que el
accidente de tránsito consistió en la volcadura del citado vehículo a causa de
un huaico, con la subsiguiente muerte de algunos de los pasajeros,
incluyendo al esposo de la denunciante. Adicionalmente, la señora Reyes
denunció una infracción de los artículos 5º literal b) y 15º de la Ley de

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