Sentencia nº 002390-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 18 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente357126-2008/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 2390-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 357126-2008
1-23
SOLICITANTE : GLORIA S.A.
OPOSITORA : ACAVA LIMITED (antes EMBOTELLADORA DE
AGUAS GASEOSAS HUANCAYO S.R.L.)
Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de las clases
29, 30 y 32 de la Nomenclatura Oficial: Inexistencia
Lima, dieciocho de octubre de dos mil diez.
1.- ANTECEDENTES:
Con fecha 16 de junio de 2008, Gloria S.A. (Perú) solicitó el registro de la
marca de producto constituida por la etiqueta conformada por la denominación
GLORIA, escrita en letras características de color azul, debajo de la cual se
aprecia la figura estilizada de un clavel de color rojo, en cuyo interior se
encuentra la representación estilizada de la cabeza de una vaca, en la parte
inferior la denominación TU SHAKE escrita en letras características de color
celeste, conforme al modelo, para distinguir cervezas; aguas minerales y
gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y
otras preparaciones para hacer bebidas de la clase 32 de la Nomenclatura
Oficial.
Con fecha 19 de setiembre de 2008, Embotelladora de Aguas Gaseosas
Huancayo S.R.L. (Perú) formuló oposición manifestando que:
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 2390-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 357126-2008
2-23
(i) Es titular de la marca de producto MISHAKE (Certificados Nº 12151 y
12152), que distingue productos de las clases 29 y 30 de la Nomenclatura
Oficial.
(ii) Los productos de la clase 32 que pretende distinguir el signo solicitado se
encuentran vinculados con los productos de las clases 29 y 30 que
distingue la marca registrada, dado que se trata de productos de consumo
masivo con un alto nivel de rotación que se expenden a través de los
mismos canales de distribución. Además, varios de los productos de la
clase 32 (gaseosas y zumos de fruta) tienen en común con los productos
de la clase 29 (frutas en conserva secas y cocidas, mermeladas, productos
lácteos) y 30 (helados comestibles) que son elaborados con sabor (o en
base a) diferentes tipos de frutas.
(iii) La presente oposición debe entenderse respecto a la denominación TU
SHAKE cuya presencia en el signo solicitado puede inducir a confusión con
la marca registrada, , debido a que comparten el término SHAKE y los
términos MI y TU, los al evocar pronombres generan en los signos riesgo
de asociación.
(iv) La solicitud del registro del signo solicitado es un intento de restarle
distintividad a la marca registrada.
(v) La solicitante ha solicitado, bajo Expedientes 336508-2007 y 336508-
2008, el registro de las marcas YO SHAKE y TU SHAKE, lo que
evidencia que se pretende vincular los signos solicitados con la marca
registrada, dado que los tres compartirían el sufijo común SHAKE.
Con fecha 26 de setiembre de 2008, Gloria S.A., absolvió el traslado de la
oposición formulada manifestando que:
(i) Es titular de diversas marcas que contienen la denominación SHAKE,
tales como: GLORIA MILK SHAKE, BATTI-SHAKE GLORIA, NEO
SHAKE, CUBOSHAKE y GLORIA SHAKE, por lo que el signo solicitado
constituye una extensión a sus derechos marcarios. En tal sentido, resulta
errado sostener que el signo solicitado resulta confundible con la marca
registrada, toda vez que el término SHAKE que ambos signos comparten
ya ha sido registrada por su empresa.
(ii) No existe conexión competitiva entre los productos que distinguen los
signos en conflicto, ya que aún cuando se trate de productos de consumo
masivo, ello no implica que necesariamente se encuentran vinculados.
(iii) El signo solicitado contiene la denominación GLORIA, la cual alude al
origen empresarial de su empresa, que es conocida en el mercado por
producir productos lácteos, jugos, yogures, etc. Además, incluye el
termino TU SHAKE así como un elemento figurativo que por muchos años

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