Sentencia nº 002809-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/01-1304/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2809-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 001-2005-01-1304/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : SOLANO RIMARACHIN CIEZA
APELANTE : CONSORCIO LÍDER AZUCARERO DEL NORTE
S.A.C.
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
CESIÓN DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se REVOCA por mayoría la Resolución 0955-2009/INDECOPI-LAM
del 14 de abril de 2009, en el extremo que declaró improcedente el recurso de
reconsideración interpuesto por Consorcio Líder Azucarero del Norte S.A.C.
contra la Resolución 1404-2008/CCO-ODI-LAM del 30 de mayo de 2008, la que
a su vez reconoció a favor del señor Solano Rimarachin Cieza créditos
ascendentes a S/. 33 521,59 por concepto de capital; y reformándola se
declara fundado dicho recurso en tal extremo, y en consecuencia, se
reconoce a favor de Consorcio Líder Azucarero del Norte S.A.C. la suma de
S/. 33 572,50 por concepto de capital, toda vez que Agro Pucalá S.A.A. no ha
presentado medios probatorios que acrediten los pagos a cuenta a favor del
trabajador contenidos en su liquidación y considerando que en mérito al
Contrato de Cesión de Derechos celebrado entre el apelante y el trabajador,
se ha trasladado a favor de dicha empresa la titularidad de los créditos
laborales adeudados.
En cuanto a los créditos por concepto de intereses, se REVOCA por mayoría
la Resolución 0955-2009/INDECOPI-LAM en el extremo que declaró
improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por Consorcio Líder
Azucarero del Norte S.A.C. contra la Resolución 1404-2008/CCO-ODI-LAM del
30 de mayo de 2008, la que a su vez reconoció a favor del trabajador la
totalidad de los créditos por concepto de intereses invocados ascendentes a
S/. 26 449,60, y reformándola, se declara fundado en parte dicho recurso, y se
precisa que dichos créditos son de titularidad de Consorcio Líder Azucarero
del Norte S.A.C.
Lima, 18 de octubre de 2010
I ANTECEDENTES
1. Por escrito del 5 de abril de 2005, complementado el 28 de marzo de 2008, el
señor Solano Rimarachin Cieza (en adelante, el trabajador) solicitó a la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, la
Comisión) el reconocimiento de créditos laborales frente a Agro Pucalá

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