Sentencia nº 000609-2002/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 2 de Agosto de 2002

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2002
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente071-2002/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0609-aa/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 071-2001/CCD
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REPRESION DE LA COMPETENCIA
DESLEAL (LA COMISION)
DENUNCIADA : PATRICIA PEREZ GARCIA (LA SEÑORA PEREZ)
MATERIA : PUBLICIDAD
ANALISIS SUPERFICIAL E INTEGRAL DEL ANUNCIO
PRINCIPIO DE VERACIDAD
IMPOSICION DE SANCIONES
ACTIVIDAD : CRIA DE OTROS ANIMALES; ELABORACION DE
PRODUCTOS ANIMALES N.C.P.
SUMILLA: en el procedimiento de oficio iniciado contra la señora Patricia
Perez García por supuestas infracciones a las normas de publicidad
cometidas con ocasión de la comercialización de huevos de codorniz, la
Sala ha resuelto revocar la Resolución 092-2001/CCD-INDECOPI emitida
por la Comisión de Represión de la Competencia Desleal el 29 de noviembre
de 2001 en los extremos apelados en que declaró que la denunciada era
responsable por infracción al principio de veracidad contenido en el artículo
4° del Decreto Legislativo N° 691, le impuso una multa equivalente a 1 UIT y
le ordenó una medida complementaria de cese de difusión de anuncios.
Ello, toda vez que la denunciada demostró, mediante los medios probatorios
aportados en su recurso de apelación que los huevos de codorniz que
produce contienen ácido linolénico – Omega 3, conforme se afirmaba en el
anuncio materia de denuncia.
Lima, 2 de agosto de 2002
I ANTECEDENTES
La Comisión inició procedimiento de oficio contra la señora Pérez por presuntas
infracciones a las normas de publicidad. Mediante Resolución N° 092-2001/CCD-
INDECOPI del 29 de noviembre de 2001, la Comisión determinó que la señora
Pérez había infringido lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto Legislativo Nº 691
y le impuso una multa de 1 UIT. La señora Pérez apeló de dicha resolución el 2
de enero de 2002, motivo por el cual el expediente fue elevado a esta Sala.
El 13 de marzo de 2000 se publicó en el diario Gestión Médica el artículo titulado
Hipercolesterolemia y la Aterosclerosis. Omega 3 y Omega 6 como ingredientes
en la leche y los huevos” elaborado por el doctor Ernesto Bustamante, Director
General del Laboratorio Belgamédica S.A; en el cual se señala lo siguiente:
Hay dos ácidos grasos que son llamados esenciales pues se requieren
forzosamente en la dieta humana y mamífera en general. Estos son el
ácido linolénico (también llamado Omega 3) y el ácido linoleico (también
llamado Omega 6).

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