Sentencia nº 002509-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Agosto de 2012

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2816-2009/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2509-2012/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 2816-2009/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : MANUEL FRANCISCO FLORES QUIROZ
DENUNCIADO : SCOTIABANK PERÚ S.A.A.
MATERIAS : SERVICIOS BANCARIOS
DEBER DE INFORMACIÓN
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES NCP
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia, al haberse verificado que Scotiabank Perú
S.A.A. omitió dar una respuesta al reclamo presentado por el denunciante.
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 16 de agosto de 2012
ANTECEDENTES
1. El 16 de octubre de 2009, el señor Manuel Francisco Flores Quiroz (en
adelante, el señor Flores) denunció a Scotiabank Perú S.A.A.1 (en adelante,
el Banco) por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al
Consumidor2, indicando que el denunciado:
(i) Lo reportó indebidamente ante la central de riesgos de la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP pese a que no mantenía
deuda alguna con dicha entidad bancaria; y,
(ii) no contestó su reclamo del 10 de agosto de 2009.
2. En sus descargos, el Banco nela comisión de las infracciones que se le
imputaron, alegando lo siguiente:
(i) El denunciante suscribió dos pagarés (029282 y 021431), que no fueron
cancelados procediéndose al protesto del título valor el 4 de enero de
1999 e iniciándose procedimientos por obligación de dar suma de dinero
en su contra, los cuales concluyeron a favor de su entidad; y,
(ii) adjuntó a su escrito de descargos copia de la carta del 23 de octubre de
2009 dirigida al denunciante.
1 RUC 20100043140, dom icilio fiscal ubicado Calle Mayor Armando Blondet 135, Urb, Santa Ana, Distrito de Sa n
Isidro, Provincia y Departamento de Lima; de acuerdo con la información obtenid a en http://www.sunat.gob.pe.
2 Cuyo Texto Único Ord enado fue aprobado por Decreto Supremo 006-2009- PCM.

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