Sentencia nº 002737-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 6 de Diciembre de 2010

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente89-2009/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 2737-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 89-2009/CPC-I NDECOPI-AQP
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : LÓPEZ EXPLORACIONES E.I.R.L.
DENUNCIADO : MOVE AUTOMOTRIZ S.A.C.
MATERIA : IMPROCEDENCIA
CONSUMIDOR FINAL
ACTIVIDAD : VENTA DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
SUMILLA: Se confirma la Resolución 503-2009/INDECOPI-AQP que declaró
improcedente la denuncia interpuesta por López Exploraciones E.I.R.L.
contra Move Automotriz S.A.C. por una presunta infracción a la Ley de
Protección al Consumidor, pues la denunciante no califica como
consumidora en los términos establecidos en la legislación de la materia.
Lima, 6 de diciembre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 7 de mayo de 2009, López Exploraciones E.I.R.L. (en adelante, López
Exploraciones)1 denunció a Move Automotriz S.A.C. (en adelante, Move
Automotriz)2 ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Arequipa
(en adelante, la Comisión) por infracción del artículo del Decreto
Legislativo 716, Ley de Protección al Consumidor.
2. En su escrito de denuncia, López Exploraciones señaló que el 10 de
noviembre de 2008 compró a Move Automotriz una Camioneta Pick Up,
marca ZX Auto, modelo Grantiger 3.2., por la suma de US$ 21 730,00. Indicó
que desde su adquisición dicho vehículo ha presentado una serie de
desperfectos3, lo que ha obligado a la empresa denunciante a llevarlo en
diversas oportunidades al servicio técnico de la denunciada. Por tal motivo,
solicitó como medida correctiva que se ordene a Move Automotriz la
devolución de lo pagado.
3. El 14 de mayo de 2009, López Exploraciones, absolviendo un requerimiento
formulado por la Secretaría Técnica de la Comisión, presentó copia de la
declaración de pago anual del Impuesto a la Renta y del “Formato 25, Bases
declaradas, tributos y aportaciones” ambos correspondientes al ejercicio
1 RUC 20455 018847, con domicilio fiscal en MZA. D LOTE. 15 COO. DANIEL ALCIDES CARRION AREQUIPA –
AREQUIPA - JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO
2 RUC 20454547200, con domicilio fisc al en AV. FERNANDINI NRO. 145 AREQUIPA - AREQUIPA - SACHACA.
3 López Exploraciones señaló qu e el vehículo tenía l os cubos de ruedas m alogrados y la chapa no se podía abrir por
haberse trabado los pines.

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