Sentencia nº 000278-2006/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 2 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2006
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente106-1996/OIN
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0278-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 106-1996/OIN
1-11
SOLICITANTE : HUGO MELGAR LAZO
Caducidad de patente de invención: Supuesta falta de pago de la
anualidad para mantener vigente la patente - Nulidad de resolución de
Primera Instancia
Lima, dos de marzo del dos mil seis.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 15 de febrero de 1996, Hugo Melgar Lazo (Perú) solicitó patente de
invención para HIDROMOTOR, cuyo inventor es el propio solicitante.
Mediante Resolución N° 709-1998/OIN-INDECOPI de fecha 26 de agosto de
1998, la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías otorgó la patente de
invención para HIDROMOTOR, C.I.P.6 F03C 2/08, F16H 41/00, F16H 41/28,
aprobándose las 4 reivindicaciones presentadas por el solicitante e inscribiendo
la patente bajo el Título N° 1065, vigente hasta el 15 de febrero del 2016.
Mediante proveídos de fechas 26 febrero de 1999, 29 febrero del 2000 y 28
febrero del 2001, la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías requirió al
titular de la patente que cumpla con abonar - dentro del plazo de 6 meses,
contado a partir de la recepción de dichos proveídos - el arancel
correspondiente a los períodos 1999-2000, 2000-2001 y 2001-2002, para
mantener vigente la patente. Precisó que dentro de este plazo se debía
presentarse - mediante un escrito dirigido a la Oficina de Invenciones y Nuevas
Tecnologías - el comprobante de dicho pago.
Con fechas 15 de junio de 1999, 20 de julio del 2000 y 4 de julio del 2001 Hugo
Melgar Lazo presentó copia de los correspondientes comprobantes de pago
por concepto de cada anualidad.
Mediante proveído de fecha 28 febrero del 2002, la Oficina de Invenciones y
Nuevas Tecnologías requirió al titular de la patente que cumpla con abonar el
arancel correspondiente a la anualidad 2002-2003 para mantener vigente la
patente, dentro del plazo de 6 meses contado a partir de la recepción de dicho
proveído. Precisó que dentro de este plazo se debía presentarse - mediante un
escrito dirigido a la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías - el
comprobante de dicho pago.
Mediante Resolución N° 1050-2002/OIN-INDECOPI de fecha 11 de setiembre
del 2002, la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías declaró caduco el

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