Sentencia nº 001061-2004/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 19 de Noviembre de 2004

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2004
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente187055-2003/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1061-2004/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 187055-2003
1-16
SOLICITANTE : UNIÓN PAK DEL PERÚ S.A.
OPOSITORA : UNITED PARCEL SERVICE OF AMERICA, INC.
Notoriedad de marca: No acreditada – Riesgo de confusión entre signos que
distinguen servicios de la clase 39 de la Nomenclatura Oficial: Inexistencia
Lima, diecinueve de noviembre del dos mil cuatro
I. ANTECEDENTES
Con fecha 5 de agosto del 2003, Unión Pak del Perú S.A. (Perú) solicitó el registro
de la marca de servicio constituida por la denominación UP INKAPAK escrita en
letras características; conforme al modelo, para distinguir servicios de transporte;
embalaje y almacenaje, de la clase 39 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 12 de noviembre del 2003, United Parcel Service of America, Inc.
(Estados Unidos de América) formuló oposición manifestando ser titular de las
marcas de servicio UPS (Certificado N° 6640) y UPS y logotipo (certificado N° 6641),
ambas para distinguir servicios de la clase 39 de la Nomenclatura Oficial, con las
cuales el signo solicitado resulta casi idéntico, lo cual permite suponer que, de
coexistir, las posibilidades de confusión serían muy grandes.
No obstante haber sido debidamente notificada, Unión Pak del Perú S.A. no absolvió
el traslado de la oposición formulada.
Mediante Resolución N° 10245-2004/OSD-INDECOPI de fecha 23 de agosto del
2004, la Oficina de Signos Distintivos declaró infundada la oposición formulada y
otorgó el registro del signo solicitado. La Oficina consideró lo siguiente:
(i) Los servicios que pretende distinguir el signo solicitado constituyen algunos
de los servicios que se encuentran incluidos dentro de aquellos que
distinguen las marcas registradas.
(ii) El signo solicitado UP INKAPAK y logotipo y las marcas registradas UPS y
UPS y logotipo no resultan similares al grado de generar confusión en el
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Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
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EXPEDIENTE N° 187055-2003
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público usuario ya que si bien el signo solicitado comparte las letras UP de las
marcas registradas, en su conjunto, los signos presentan diferencias gráficas
importantes que serán apreciadas por los usuarios en el mercado, además del
hecho que tienen diferente pronunciación y entonación.
Con fecha 7 de setiembre del 2004, United Parcel Service of America, Inc. interpuso
recurso de apelación reiterando el riesgo de confusión existente entre los signos en
conflicto. Manifestó que las letras UP del signo solicitado son idénticas a las letras
UPS que forman sus marcas registradas, las cuales son marcas conocidas a nivel
mundial, teniendo la condición de notorias, por lo que deben estar especialmente
protegidas de quienes, aprovechándose de su innegable prestigio pretenden
registrar marcas muy parecidas con el fin de obtener un provecho indebido. Ofreció
en calidad de pruebas de la notoriedad de sus marcas, las que obran en el
expediente N° 148454-2002.
Con fecha 1° de octubre del 2004, Unión Pak del Perú S.A. absolvió el traslado de la
apelación interpuesta manifestando que en la apelación interpuesta no se aporta
nada nuevo o concreto que pruebe la confusión de los signos, ya que sólo se
expresan una serie de datos que corresponden a un ámbito de carácter económico
histórico que no determinan la confusión directa o indirecta existente entre los
signos.
II. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
La Sala de Propiedad Intelectual deberá determinar:
a) Si las marcas UPS y UPS y logotipo gozan de la calidad de notoriamente
conocidas, conforme lo ha alegado United Parcel Service of America, Inc.
b) Si existe riesgo de confusión entre el signo solicitado UP INKAPAK y logotipo y
las marcas registradas UPS y UPS y logotipo.
III. ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN DISCUSIÓN
1. Informe de antecedentes
Se ha verificado lo siguiente:
a) Unión Pak del Perú S.A. (Perú) es titular de la marca de servicio constituida por el
logotipo conformado en la parte superior por una franja horizontal con motivos
incaicos en los colores amarillo y café; en el centro se aprecia la figura de seis
caballitos de totora y la silueta de una persona, todo al pie de la playa y con la
vista del atardecer, en los colores negro, anaranjado, amarillo y lila; en la parte
inferior al lado derecho se aprecia la figura estilizada de un inca y superpuesta la

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