Sentencia nº 000012-2008/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 3 de Enero de 2008

Fecha de Resolución 3 de Enero de 2008
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente273759-2006/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0012-2008/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 273759-2006
1-9
SOLICITANTE : LABORATORIOS UNIDOS S.A.
Efectos del cambio de denominación de una empresa – Consolidación de
titulares – Inscripción del respectivo Acto Modificatorio en el Registro de
Marcas
Lima, tres de enero del dos mil ocho.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 31 de marzo del 2006, Laboratorios Unidos S.A. (Perú) solicitó el
registro de la marca de producto LUSAFITIL, para distinguir productos
farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina; sustancias
dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para
apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales;
desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas;
herbicidas, de la clase 5 de la Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución 19006-2006/OSD-INDECOPI de fecha 14 de
noviembre del 2006, la Oficina de Signos Distintivos denegó de oficio el registro
del signo solicitado, al considerar que éste resultaba confundible con las
marcas registradas LUSA, SALIVAL LUSA, DEXTRO-LUSA, ELECTRO-LUSA
y SALVADOR LUSA. Al respecto, señaló que la semejanza entre los signos
confrontados radica en el hecho que comparten la partícula LUSA; siendo que
tal coincidencia es susceptible de inducir a confusión al público consumidor
quien podría considerar que el signo solicitado constituye una variación de las
marcas registradas, o inclusive podría confundir un producto por otro en la
creencia errónea que se trata de uno sólo, lo que no se ajusta a la realidad.
Con fecha 13 de diciembre del 2006, Laboratorios Unidos S.A. interpuso
recurso de reconsideración manifestando que los signos confrontados no
resultan confundibles entre sí, ya que a la fecha la denominación social del
titular de las marcas base de la denegatoria de la presente solicitud de registro
(DROGUERIA DISTRIBUIDORA FLOZA S.A.C. DISFLOZA S.A.C.) ha sido
modificada al nombre de su empresa (es decir, a LABORATORIOS UNIDOS
S.A.). Adjuntó como nueva prueba copia del escrito de fecha 14 (debió decir 5)
de julio del 2006 mediante el cual comunican a la Oficina de Signos Distintivos
sobre el cambio de denominación social de DROGUERIA DISTRIBUIDORA
FLOSA S.A.C. DISFLOZA S.A.C. a LABORATORIOS UNIDOS S.A.
Mediante Resolución Nº 12546-2007/OSD-INDECOPI de fecha 3 de agosto del
2007, la Oficina de Signos Distintivos declaró infundado el recurso de
reconsideración. Al respecto, consideró lo siguiente:

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