Sentencia nº 000745-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 9 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0172-2011/CCO-INDECOPI-01-288
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competenc ia
RESOLUCIÓN 0745-2013/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 172-2011/CCO-INDECOPI-01-288
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : CLUB UNIVERSITARIO DE DEPORTES
ACREEDOR : HECTOR HUGO HURTADO SALAZAR
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DEPORTIVAS
SUMILLA: se confirma la Resolución 6880-2012/CCO-INDECOPI del 24 de
octubre de 2012, que declaró improcedente el recurso de reconsideración
presentado por el señor Héctor Hugo Hurtado Salazar contra la Resolución
5265-2012/CCO-INDECOPI del 23 de agosto de 2012. La razón es que el señor
Héctor Hugo Hurtado Salazar no cumplió con presentar nueva prueba
conjuntamente con su recurso de reconsideración, incumpliendo con lo
Lima, 9 de mayo de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 2155-2012/CCO-INDECOPI del 27 de marzo de 2012,
la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la
Comisión) declaró el inicio del procedimiento concursal ordinario del Club
Universitario de Deportes (en adelante, Universitario de Deportes)1. Dicha
situación fue publicada en el diario oficial “El Peruano” el 9 de abril de 2012.
2. El 11 de abril de 2012, la Comisión designó a Right Business S.A. (en
adelante, Right Business) como administrador temporal de Universitario de
Deportes, publicando esta situación el 16 de abril de 2012, en el diario oficial
“El Peruano”.
3. Por escrito del 2 de mayo de 2012, complementado el 4 de junio del mismo
año2, el señor Héctor Hugo Hurtado Salazar (en adelante, el señor Hurtado)
solicitó ante la Comisión el reconocimiento de créditos de origen laboral
frente a Universitario de Deportes ascendentes a US$ 20 000,00 por capital y
US$ 750,00 por intereses.
1 Al amparo de lo dispuesto por el Decreto de Urgenci a 010-2012, mediante el cual se dictaron medidas de urgencia
para la reestructuración y apoyo de emergencia a la actividad deportivo futbolística. El Decreto de Urgencia 010-
2012 fue derogado y sustituido por la Ley 29862, publicada el 6 de mayo de 2012 y con vigencia desde el 7 de
mayo de 2012 hasta el 5 de j ulio de 2012 (60 días calendario), según lo dispuest o por la propia norma.
2 Presentado en atención al requerimi ento efectuado el 28 de mayo de 2012, mediante el cual la Secretarí a Técnica
de la Comisión requirió al señor Hurtado que cumpla con pres entar, entre otros, una autoliquidación detallada de los
créditos invocados.

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