Sentencia nº 000603-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Junio de 2009

Fecha de Resolución16 de Junio de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente015-2002/CRP-ODI-CAM-03-03
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0603-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 015-2002/CRP-ODI- CAM-03-03
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : VILMA GABINA ESCALANTE HUAMAN
ACREEDOR : CESAR GUSTAVO LA CERNA TALAVERA
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
ACUERDO GLOBAL DE REFINANCIACIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE VENTA AL POR MENOR
SUMILLA: carece de objeto que la Sala de Defensa de la Competencia 1
emita pronunciamiento respecto de la apelación interpuesta por la señora
Vilma Gabina Escalante Huamán contra la Resolución 4847-2008/CCO-
INDECOPI del 27 de junio de 2008, al haberse producido la sustracción de la
materia, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 106.4 de la Ley General
del Sistema Concursal, debido a que mediante Resolución 3226-2009/CCO-
INDECOPI del 13 de abril de 2009, la Comisión de Procedimientos
Concursales declaró la conclusión del Procedimiento Concursal Preventivo
de la señora Vilma Gabina Escalante Huamán.
Lima, 16 de junio de 2009
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 11641-2007/CCO-INDECOPI del 26 de noviembre de
2007, se adecuó el Procedimiento Simplificado1 de la señora Vilma Gabina
Escalante Huamán, (en adelante, la señora Escalante) al Procedimiento
Concursal Preventivo, de conformidad con lo establecido en la Directiva 003-
2002/CRP-INDECOPI.
2. Por Resolución 4847-2008/CCO-INDECOPI del 27 de junio de 2008 se
reconoció a favor del señor César Gustavo La Serna Talavera, (en adelante, el
señor La Serna) créditos discrepantes ascendentes a US$ 9 843,00 por capital
a los cuales se les otorgó el quinto orden de preferencia.
3. El 18 de julio de 2008, la señora Escalante apeló la Resolución 4847-
2008/CCO-INDECOPI manifestando que la misma reconoció créditos que ya
tenían dicha calidad, como se puede acreditar con la constancia de
verificación de créditos del 13 de febrero de 2002, emitida por la Notaria Ruth
Alexandra Ramos Rivas. Dicho recurso fue concedido mediante Resolución
11722-2008/CCO-INDECOPI del 22 de octubre de 2008.
1 El 31 de diciembre de 2001, la señora Escalante solicitó su acogimiento al Procedimiento Simplificado ante la Notaria
Pública Ruth Alexandra Ramos Rivas y por aviso publicado en el diario oficial El Peruano el 7 de enero de 2002, se dio a
conocer la situación de concurso de la señora Escalante.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR