Sentencia nº 001752-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 2 de Junio de 2010

Fecha de Resolución 2 de Junio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/01-250/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1752-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0001-2005-01-250/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : APOLINAR TANTALEÁN MORI
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0848-2009/INDECOPI-LAM del 14 de
abril de 2009, mediante la cual se declaró fundado en parte el recurso de
reconsideración interpuesto contra la Resolución 0733-2005/CCO-ODI-LAM
y se reconoció a favor del señor Apolinar Tantaleán Mori la suma de
S/. 2 210,61 por capital frente a Agro Pucalá S.A.A., debido a que la primera
instancia no podía reconocer montos mayores a los solicitados
inicialmente por el acreedor, conforme a lo dispuesto en el artículo VII del
Título Preliminar del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al
presente procedimiento.
Lima, 2 de junio de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 28 de marzo de 2005, la señora Apolinar Tantaleán
Mori (en adelante, el señor Tantaleán) solicitó ante la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en adelante, la Comisión) el
reconocimiento de créditos laborales frente a Agro Pucalá S.A.A. (en
adelante, Agro Pucalá)1 ascendentes a S/. 16 761,99 por capital y
S/. 12 051,43 por intereses derivados de la Compensación por Tiempo de
Servicios (en adelante, CTS), y adeudos laborales, devengados al 21 de
febrero de 20052.
2. El 21 de octubre de 2005, Agro Pucalá se opuso al reconocimiento de los
créditos invocados por el señor Tantaleán señalando que en sus registros
contables no obra documento alguno en el que conste el monto de adeudos
laborales invocados por el solicitante.
1 Mediante R esolución 0024-2005/CCO-O DI-LAM del 1 1 de febrer o de 2005, la Comisión declaró l a situación d e
concurso de Agro Pucalá S.A.A. Dicha situ ación se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el 2 1 de febrero de
2005.
2 En sustento de su solicitu d el señor Tant aleán presentó los siguientes document os: (i) una autoliquid ación de
beneficios s ociales; (ii) una (1) bol eta de pago de remuner aciones correspondiente a diciembre de 2004; y, (iii)
una liquidación de CTS elaborada conforme al D.L. 802 y al D.S. 005.96.AG, suscrita p or el Gerente Gener al de
Agro Pucalá.

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