Sentencia nº 001202-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente007-2009/CEB-INDECOPI-LAL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 1202-2011/SC1-IND ECOPI
EXPEDIENTE 007-2009/CEB-INDE COPI-LAL
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LA LIBERTAD
DENUNCIANTE : PRODUCCIONES PUBLICITARIAS S.R.L.
DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO
MATERIA : BARRERAS BUROCRÁTICAS
COMPETENCIA MATERIAL
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 0649-2010/INDECOPI-LAL del 28 de
mayo de 2010, en el extremo que declaró infundada la denuncia
interpuesta por Producciones Publicitarias S.R.L. contra la
Municipalidad Provincial de Trujillo por la presunta imposición de una
barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad consistente en la
prohibición de instalar elementos de publicidad exterior en las áreas
verdes de dominio público del distrito de Trujillo, según lo previsto en la
Ordenanza Municipal 033-2008-MPT; y, en tal sentido, se declara
improcedente este extremo de la denuncia.
Ello debido a que los particulares no tienen un derecho preexistente a la
explotación de bienes de dominio público, por lo que una regulación
administrativa que prohíbe el aprovechamiento de dichos bienes no
condiciona el acceso a una actividad económica permitida y, por tanto,
no califica como una barrera burocrática cuyo análisis sea de
competencia de la Comisión en los términos previstos por el artículo 2
de la Ley 28996.
Lima, 22 de junio de 2011
I ANTECEDENTES
1. El 30 de julio de 2009, Producciones Publicitarias S.R.L. (en adelante,
Producciones Publicitarias) denunció a la Municipalidad Provincial de
Trujillo (en lo sucesivo, la Municipalidad) ante la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi de La Libertad (en adelante, la Comisión) por la
presunta imposición de barreras burocráticas ilegales y carentes de
razonabilidad relacionadas con la instalación de elementos de publicidad
exterior en el distrito de Trujillo.
2. En su denuncia, Producciones Publicitarias señaló lo siguiente:
(i) por Resolución Subgerencial 016-2008-MPT-GDU-SGHU del 27 de
marzo de 2008, la Municipalidad –en virtud de la regulación de

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