Sentencia nº 003148-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 18 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución18 de Octubre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1526-2012/PS3
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 3148 -2012/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 1526-2012/PS3
M-SC2-02/1B
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Nº 3
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : MARIANELLY ALEXANDRA ZAPATA CAMACHO
VIUDA DE OBREGÓN
DENUNCIADA : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.A. –
INTERBANK
MATERIA : CONTIENDA NEGATIVA DE COMPETENCIA
SERVICIOS BANCARIOS
SEGUROS EN GENERAL
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTEMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se declara que el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Protección al Consumidor Nº 3 es la autoridad competente
por razón de materia para conocer la denuncia interpuesta por la señora
Marianelly Alexandra Zapata Camacho Viuda de Obregón.
Lima, 18 de octubre de 2012
I. ANTECEDENTES
1. El 6 de junio de 2012, la señora Marianelly Alexandra Zapata Camacho Viuda
de Obregón (en adelante, la señora Zapata) denunció ante el Órgano
Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de
Lima Norte (en adelante, el ORPS Lima Norte) a Banco Internacional del
Perú S.A.A. – Interbank1 (en adelante, el Banco) por presunta infracción de la
Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, en atención
a lo siguiente:
(i) El Banco no le informó sobre las condiciones y exclusiones del seguro
de desgravamen de la tarjeta de crédito Visa Vea Clásica y tarjeta
adicional que en vida contrató su esposo, el Oficial del Ejercito del Perú
Roberto Andrés Obregón Ángeles (en adelante, el señor Obregón);
(ii) el Banco negó la aplicación de la cobertura del seguro de desgravamen,
a pesar que no se le informó que, debido a la condición del señor
Obregón como Oficial del Ejercito, se encontraba en un situación de
desventaja frente a otros consumidores respecto a la exclusiones de la
cobertura del seguro;
1 RUC: 20100053455. Domicilio Fisc al: jirón Carlos Villarán 140, La Victoria, Lima.

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