Sentencia nº 000724-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 31 de Octubre de 2001

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente002-2001/004/CAH-ODICIX-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0724-aa/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 002-2001-004/CAH-ODICIX-CCPL
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION AD-HOC DE LA OFICINA
DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI EN LA CAMARA
DE COMERCIO Y PRODUCCION DE LA LIBERTAD
(LA COMISION AD-HOC)
COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA CAMARA DE COMERCIO Y PRODUCCION DE
LA LIBERTAD (LA COMISION)
DEUDOR : NEGOCIACIÓN AGRICOLA EL ALMENDRAL Y
TABACAL S.R.L. (EL ALMENDRAL Y TABACAL)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCEDIMIENTO TRANSITORIO
IMPUGNACION DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREEDORES
ABUSO DE DERECHO
RECURSO DE REVISION
ACTIVIDAD : CULTIVOS EN GENERAL; CULTIVO DE PRODUCTOS
DE MERCADO
SUMILLA: en el procedimiento sobre impugnación de acuerdos de junta de
acreedores interpuesto por Negociación Agrícola El Almendral y Tabacal
S.R.L. la Sala ha resuelto confirmar la Resolución N° 1100-2001/CRP-ODI-
CCPLL emitida por la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la
Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Cámara de Comercio y
Producción de La Libertad el 26 de julio de 2001, que confirmó la Resolución
Nº 0046-2001/CAH-ODICIX-CCPL emitida por la Comisión Ad Hoc de la
Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Cámara de Comercio y
Producción de Lambayeque el 28 de abril de 2001, por la que se declaró
infundada la impugnación formulada por Negociación Agrícola El Almendral
y Tabacal S.R.L. contra el acuerdo de su junta de acreedores del 4 de abril
de 2001 en virtud del cual se desaprobó el convenio de saneamiento
propuesto, toda vez que tal decisión no constituyen el ejercicio abusivo de
un derecho, sino el ejercicio regular del derecho de los acreedores a decidir
por la aprobación o desaprobación del convenio de saneamiento propuesto
en el convenio concursal.
Lima, 31 de octubre de 2001
I ANTECEDENTES
El 29 de enero de 2001 El Almendral y Tabacal se acogió al marco legal del
procedimiento transitorio, regulado por el Decreto de Urgencia Nº 064-99, ante el
Fedatario señor Jaime Cárdenas Fonseca. El Almendral y Tabacal no renunció al
beneficio de suspensión de la exigibilidad de sus obligaciones. En reunión del 4
de abril de 2001, la junta de acreedores de El Almendral y Tabacal, con el voto

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