Sentencia nº 001510-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 31 de Octubre de 2001

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente107752-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1510-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 107752-2000
1-20
SOLICITANTE : SUPERMERCADOS SANTA ISABEL S.A.
OPOSITORA : INVERSIONES GOMIDI S.R.LTDA.
Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos de la clase 30 de
la Nomenclatura Oficial y actividades económicas relacionadas con servicios
de restaurante de la clase 42: Inexistencia
Lima, treinta y uno de octubre de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 7 de junio del 2000, Supermercados Santa Isabel S.A. (Perú) solicitó el
registro de la marca de producto constituida por la denominación PASTELERIA
CASA MÍA en letras características y el diseño de un círculo rodeado por una cinta
ondulante, en cuyo interior se observa artículos, ingredientes y productos de
pastelería, todo en los colores rojo, verde, marrón, amarillo, fucsia, rosado y blanco,
según modelo, para distinguir café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú,
sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y
confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para
esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo y todos los
demás productos de la clase 30 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 28 de agosto del 2000, Inversiones Gomidi S.R.Ltda. (Perú) formuló
observación manifestando que utiliza el nombre comercial TRATTORIA PIZZERIA
DONATELLO y logotipo, para distinguir actividades relacionadas con la
comercialización de productos de la clase 30 y con la prestación de servicios de la
clase 42 de la Nomenclatura Oficial. Para efectos de probar la utilización en el
mercado del nombre comercial alegado, adjuntó los siguientes documentos: copia de
un desglosable emitido por su empresa como parte de una promoción y copias de
material publicitario. Indicó que el signo solicitado es idéntico a su nombre comercial,
pues en ambos signos se aprecia un gráfico circular en cuyo interior aparece la
figura de productos relacionados con la alimentación y bordeando la parte inferior
una cinta de color verde, en la que se consigna el elemento denominativo de la
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Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1510-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 107752-2000
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marca, señalando además, que existe similitud entre ambas denominaciones.
Agregó que el riesgo de confusión se incrementa, pues su nombre comercial viene
siendo utilizado en las mismas actividades en las que pretende registrarse el signo
solicitado, esto es, la clase 30 de la Nomenclatura Oficial, así como en servicios de
la clase 42 vinculados a dicha clase.
Precisó que además es titular de las marcas DONATELLO y grafía, que distinguen
productos de la clase 30 y servicios de la clase 42 de la Nomenclatura Oficial, y
acompañó copia de los certificados correspondientes. Señaló que existe mala fe por
parte de la solicitante al utilizar su marca para identificar sus servicios, aprovechando
que su marca es ampliamente conocida en el mercado peruano para distinguir
servicios de mensajería(sic). Posteriormente, adjuntó pruebas que, en su opinión,
acreditan el uso del nombre comercial DONATELLO y logotipo, para distinguir
harinas, pizzas y demás productos de la clase 30 de la Nomenclatura Oficial.
Asimismo, indicó que viene utilizando su nombre comercial desde 1998, para
distinguir servicios de la clase 42 de la Nomenclatura Oficial. Indicó que los
productos de la clase 30 y los servicios de la clase 42 tienen una naturaleza común,
al estar vinculados con la alimentación y que existe entre dichos productos y
servicios una relación de complementariedad. En otro escrito, señaló que los
productos y servicios en cuestión comparten la misma naturaleza, finalidad, así
como los mismos canales de comercialización, medios de publicidad, y están
dirigidos al mismo mercado objetivo. Agregó que existe no sólo una relación de
complementariedad entre los productos de la clase 30 y los servicios de la clase 42,
sino además una relación de accesoriedad, pues junto con las comidas se ofrece
productos de la clase 30, como el café y el pan.
Con fecha 3 de octubre del 2000, Supermercados Santa Isabel S.A. absolvió el
traslado de la observación, manifestando que no existe semejanza alguna entre el
signo DONATELLO en letras características de las clases 30 y 42 de la
Nomenclatura Oficial y el signo solicitado. Por otra parte, señaló que Inversiones

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