Sentencia nº 002705-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 4 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente001-2005/01-0872/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 2705-2010/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0001-2005-01-0872/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : LUZ CRISTINA CABREJOS LLONTOP
IMPUGNANTE : CONSORCIO LÍDER AZUCARERO DEL NORTE S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
CESIÓN DE CRÉDITOS
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se REVOCA por mayoría la Resolución 0582-2009/INDECOPI-LAM
del 31 de marzo de 2009, que declaró infundado el recurso de reconsideración
interpuesto contra la Resolución 2441-2008/INDECOPI-LAM en el extremo
referido a la titularidad de los créditos reconocidos a favor de la trabajadora, y
reformándola se declara que dichos créditos son de titularidad de Consorcio
Líder Azucarero del Norte S.A.C, toda vez que en mérito al Contrato de Cesión
de Derechos celebrado entre el apelante y la trabajadora, se ha trasladado a
favor de dicha empresa la titularidad de los créditos laborales que adeudaba
Agro Pucalá a la trabajadora.
Lima, 4 de octubre de 2010
ANTECEDENTES
1. El 5 de abril de 2005, la señora Luz Cristina Cabrejos Llontop (en adelante, la
trabajadora) solicitó ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
Lambayeque (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos
laborales frente a Agro Pucalá S.A.A. (en adelante, Agro Pucalá)1 ascendentes
a S/. 74 540,59 por capital y S/. 23 389,50 por intereses derivados de la
Compensación por Tiempo de Servicios (en adelante, CTS), y adeudos
laborales, devengados al 20 de febrero de 2005.
2. Mediante Resolución 2441-2008/INDECOPI-LAM del 31 de julio de 2008, la
Comisión reconoció a favor de la trabajadora la totalidad de los créditos,
ascendentes a S/. 74 540,59 por capital y S/. 23 389,50 por intereses,
otorgándoles el primer orden de preferencia.
3. El 12 de agosto de 2008, Consorcio Líder Azucarero del Norte S.A.C. (en
adelante, el Clan) interpuso recurso de reconsideración contra la
Resolución 2441-2008/INDECOPI-LAM, adjuntando como nueva prueba una
liquidación detallada de beneficios sociales devengados al 21 de febrero de
1 Mediante Resolución 0024-2005/CCO-ODI-LA M d el 11 de febrero de 2005, la Comisión declaró la situación de
concurso de Agro Pucalá S.A.A . Dicha situación se publicó en el Diario Oficial “El P eruano” el 21 de febrero de 2005.

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