Sentencia nº 001103-2004/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 29 de Noviembre de 2004

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2004
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente187669-2003/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1103-2004/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 187669-2003
1-11
SOLICITANTE : FLASH POWER DO BRASIL LTDA.
OPOSITORA : COMPAÑÍA DE PRODUCTOS, ALIMENTOS Y
SERVICIOS CORPORA S.A.
Riesgo de confusión entre signos que distinguen productos comprendidos en
la clase 32 de la Nomenclatura Oficial: Existencia
Lima, veintinueve de noviembre del dos mil cuatro
I. ANTECEDENTES
Con fecha 12 de agosto del 2003, Flash Power Do Brasil Ltda. (Brasil) solicitó el
registro de la marca de producto constituida por la denominación FLASH POWER
escrita en letras características, todo en los colores anaranjado, blanco, negro y gris;
conforme al modelo, para distinguir bebidas no alcohólicas, de la clase 32 de la
Nomenclatura Oficial.
Con fecha 11 de noviembre del 2003, Compañía de Productos, Alimentos y Servicios
Corpora S.A. formuló oposición manifestando que:
(i) Es titular de la marca de producto FLASH, inscrita con certificado N° 93794, que
distingue productos de la clase 32 de la Nomenclatura Oficial.
(ii) El término FLASH es el elemento más relevante y el que determina la
distintividad del signo mixto solicitado, debido a su tamaño, ubicación y forma
de las letras que lo conforman.
(iii) El término POWER incluido en el signo solicitado no deberá ser tomado en
cuenta al efectuarse el examen comparativo entre los signos en cuestión,
puesto que es un término del idioma inglés frecuentemente utilizado en la
conformación de marcas registradas en la clase 32 de la Nomenclatura Oficial,
debido a que su traducción al español es ampliamente conocida en el medio.

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