Sentencia nº 003066-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 16 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente002-2009/CCD-INDECOPI-LOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia 1
RESOLUCIÓN 3066-2010/SC1-I NDECOPI
EXPEDIENTE 002-2009/C CD-INDECOPI-LOR
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LORETO
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO DE OFICIO
DENUNCIADO : HIPERMERCADOS PIRÁMIDE S.A.C.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE VENTA AL POR MENOR
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 162-2010/INDECOPI-LOR del 15 de
abril de 2010, que declaró fundada la imputación de oficio en contra de
Hipermercados Pirámide S.A.C. por la comisión de actos contrarios al
principio de legalidad publicitaria contenido en el artículo 17.3 literal f) del
Decreto Legislativo 1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal, al
haber difundido un anuncio en un periódico conteniendo una promoción de
ventas, sin consignar la cantidad de unidades disponibles ni la vigencia de la
misma.
Asimismo, se CONFIRMA la Resolución 162-2010/INDECOPI-LOR en el
extremo que sancionó a Hipermercados Pirámide S.A.C. con una multa
ascendente a una (1) Unidad Impositiva Tributaria, teniendo en
consideración que el anuncio infractor fue difundido a través de un medio de
comunicación masiva.
SANCIÓN: UNA (1) UIT
Lima, 16 de noviembre de 2010.
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 11 de septiembre de 2009, la Secretaría Técnica
de la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Loreto (en adelante, la
Comisión) imputó a Hipermercados Pirámide S.A.C. (en adelante,
Hipermercados Pirámide) la comisión de una presunta infracción al principio
de legalidad publicitaria, contenido en el inciso f) del artículo 17.3 del Decreto
Legislativo 1044 - Ley de Represión de la Competencia Desleal1, por la
difusión de un anuncio en el diario “La Región” el 7 de septiembre de 2009,
1 LEY DE REPRESIÓ N DE LA COMPETENCIA DESLEAL, Artículo 17.- Actos contra el principio de legalidad
(...)
17.3.- En particular, en publicidad c onstituyen actos contra el principio de legalidad los s iguientes:
(...)
f) Omitir, en cada uno de los anuncios que difundan publicidad de p romociones de ventas, la indicación clara de su
duración y la cantidad mínima de unid ades disponibles de productos ofrecidos;
(...)

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