Sentencia nº 001143-2002/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 10 de Diciembre de 2002

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2002
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente108932-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1143 - 2002/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 108932-2000
1-27
SOLICITANTE : MÓNICA HORNUNG BUSTAMANTE
OPOSITOR : FREDDY LOAYZA ROMANI
Cancelación por falta de uso como medio de defensa: Infundada - Riesgo de
confusión entre signos que distinguen productos de la clase 25 de la
Nomenclatura Oficial: Existencia
Lima, diez de diciembre de dos mil dos
I. ANTECEDENTES
Con fecha 26 de junio del 2000, Mónica Hornung Bustamante (Perú) solicitó el
registro de la marca de producto constituida por un logotipo circular conteniendo las
letras F L estilizadas y un punto, conforme al modelo, para distinguir vestidos y
demás, de la clase 25 de la Nomenclatura Oficial.
Con fecha 3 de agosto del 2000, Freddy Loayza Romani (Perú) formuló observación
manifestando ser titular de la marca F.L. STYLE que distingue prendas de vestir,
calzados y sombreros, de la clase 25 de la Nomenclatura Oficial, con la cual el signo
solicitado resulta confundible en el aspecto gráfico, fonético e ideológico. Señaló que
en su marca de producto, la parte inicial, principal, reinvindicable y resaltante son las
letras “F.L.”, mientras que el término STYLE es de uso genérico y, por tanto,
irrelevante para el examen de rigor. Indicó que nadie puede tomar sus letras, ni
incluirlas en otras marcas, pues invade derechos reservados por ley, queriendo con
ello buscar una falsa familiaridad e inducir a confusión al publico consumidor,
haciéndole creer que es una nueva línea de los productos distinguidos con la marca
registrada.
Con fecha 2 de octubre del 2000, Mónica Hornung Bustamante absolvió el traslado
de la observación manifestando que es el opositor quien ha copiado el diseño de las
letras FL de la marca FRESH LINE y logotipo, registrada a su favor desde el 19 de
julio de 1991 bajo certificado N° 92247, con la cual la marca opositora – registrada
el 30 de junio de 1997 - comparte las letras F y L en forma estilizada, de lo cual se
deduce quien es el verdadero plagiador. Solicitó como medio de defensa la
cancelación por falta de uso de la marca F.L. STYLE (debió decir F.L. STYLE THE
NEW LIFE STYLE y logotipo), registrada bajo certificado Nº 38257, que sirvió de
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RESOLUCIÓN N° 1143 - 2002/TPI-INDECOPI
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base para la observación, al no haber sido utilizada durante los últimos tres años.
Finalmente, manifestó que la marca FRESH LINE también se encuentra registrada a
su favor bajo certificados N°s 27990 (en la clase 25) y 49649 (en la clase 28 de la
Nomenclatura Oficial).
Con fecha 27 de noviembre del 2000, Freddy Loayza Romani contestó la acción de
cancelación por falta de uso, interpuesta el 2 de octubre del 2000 por Mónica Hornung
Bustamante. Manifestó que desde hace muchos años es un empresario industrial y
comercial, habiendo optado por usar las letras F.L. que son las abreviaturas
(entiéndase iniciales) de su nombre y apellido (Freddy Loayza), las cuales utiliza
simultáneamente como nombre comercial y como marca de fábrica. Señaló que las
pruebas que adjunta (copia de las y boletas de venta emitidas durante los años 1997 y
1998) demuestran el uso continuo y prioritario de la marca registrada F.L. STYLE
(debió decir F.L. STYLE THE NEW LIFE STYLE y logotipo) en el mercado nacional;
derecho que también se encuentra protegido bajo los títulos N° 23861 y 38257. Indicó
que como fruto de este auge se creó la Corporación Textil Florida S.A., siendo
Gerente General y propietario del 99% del accionariado de la misma y que, mediante
un Contrato de Licencia de Uso de la marca F.L.STYLE (debió decir F.L. STYLE THE
NEW LIFE STYLE y logotipo), registrada bajo certificado Nº 38257, suscrito el 15 de
julio de 1998 (cuya copia adjunta), asumió la producción y comercialización de los
productos con dicha marca. Precisó que la mencionada empresa mantuvo la
continuidad en el uso de la marca F.L. STYLE como lo sustentan los comprobantes de
venta emitidos por Corporación Textil Florida S.A. durante los años 1998,1999 y 2000
por la comercialización de prendas de vestir. Ofreció como medios de prueba la
escritura pública de constitución de Corporación Textil Florida S.A., un contrato por
publicidad en la radio, facturas por la confección de etiquetas y aplicación de bordados
y un folleto donde se aprecia un reconocimiento a su labor como empresario;
cumpliendo con completar - con fecha 1º de febrero del 2001, a requerimiento de la
Oficina de Signos Distintivos - la presentación de las copias pertinentes y el original del
Boletín Informativo, donde se aprecia el reconocimiento a su labor en el rubro de las
confecciones, dentro de los pequeños empresarios de Gamarra, y a su exitosa
actividad de exportación.
Con fecha 22 de enero del 2001, Mónica Hornung Bustamante, solicitó la exhibición de
las copias originales (sic) de los documentos adjuntados, por cuanto considera que los
mismos no son confiables.
Mediante proveído de fecha 23 de enero del 2001, la Oficina de Signos Distintivos citó
a las partes a la diligencia de exhibición de pruebas a llevarse a cabo en dicha oficina,
el día 14 de febrero del 2001 a las 15:30, requiriendo a Freddy Loayza Romani las
pruebas solicitadas.
Con fecha 14 de febrero del 2001, se llevó a cabo la Diligencia de Exhibición de
Documentos, en la cual se tuvo a la vista los originales de las Boletas de Venta N°s.
004638, 000690, 000843, y de las facturas N°s. 000149, 000198, 000210, 000312,
000018, 000067, 000091, 000106, 000132, correspondientes a I) la comercialización

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