Sentencia nº 000103-2002/SCO de Sala concursal, 10 de Diciembre de 2002

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2002
EmisorSala concursal
Expediente028-2000/01-01/CRP-INDECOPI-PUCP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCION Nº 0103-aa/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 028-2000-01-01/CRP-INDECOPI-PUPC
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD
CATÓLICA DEL PERÚ (LA COMISIÓN)
1
DEUDOR : SUDAMERICANA DE PLÁSTICOS S.A. EN
LIQUIDACIÓN (SUDAMERICANA DE PLÁSTICOS)
ACREEDOR : CLEMENTE MAICA CARPIO (EL SEÑOR MAICA)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
REDUCCIÓN DE CREDITOS
CRÉDITO LABORAL
DETERMINACIÓN DE LA CUANTÍA
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PLÁSTICO
SUMILLA: Se revoca la Resolución Nº 2288-2001/CRP-INDECOPI-PUCP
emitida el 25 de octubre del 2001 por la Comisión de Reestructuración
Patrimonial de la Oficina Descentraliza del INDECOPI en la Pontificia
Universidad Católica del Perú, en el extremo apelado que redujo los créditos
reconocidos a favor del señor Clemente Maica Carpio frente a Sudamericana
de Plásticos S.A. en Liquidación en S/. 358,04 por concepto de capital, toda
vez que no ha quedado acreditado que la dación en pago efectuada por la
insolvente a favor del señor Maica en el año 1999, consistente en la entrega
de diversos productos, haya tenido por objeto la cancelación de parte de los
créditos laborales reconocidos por la Comisión a favor de dicho trabajador
en el presente procedimiento concursal.
En ese sentido, se precisa que los créditos reconocidos a favor del señor
Maica frente a Sudamericana de Plásticos S.A. en Liquidación ascienden a
S/. 4 995,58 por concepto de capital.
Lima, 10 de diciembre de 2002
I. ANTECEDENTES
Por Resolución N° 002-94-CSA-INDECOPI/EXP-106 del 17 de agosto de 1994 se
declaró la insolvencia de Sudamericana de Plásticos. El 5 de octubre de 1994, la
Junta de Acreedores acordó la continuación de sus actividades bajo el régimen
de reestructuración económica y financiera. Sin embargo, el 23 de junio del 2000
la Junta acordó la disolución y liquidación de la insolvente y el 4 de agosto del
mismo año suscribió el Convenio de Liquidación con Top Consulting Management
S.A. (en lo sucesivo, Top Consulting), entidad encargada de dicho proceso
liquidatorio.
1
En atención a lo dispuesto por la Cuarta Disposición Final de la Ley General del Sistema Concursal publicada en el diario
oficial El Peruano el 8 de agosto del 2002 y vigente desde el 7 de octubre del mismo año, la Comisión de
Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Pontificia Universidad Católica del Perú
modificó su denominación a Comisión Delegada de Procedim ientos Concursales en la Pontificia Universidad Católica del
Perú.

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