Sentencia nº 001082-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 18 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente332826-2007/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1082-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 332826-2007
1-37
ACCIONANTES : VÍCTOR RAÚL HERRERA AGUIRRE
WILFREDO SANDOVAL MORENO
EMPLAZADO : AURELIO BAYONA QUIROGA
Nulidad del registro de una marca de producto otorgada bajo la vigencia
de la Decisión 486 y el Decreto Legislativo 823 Notoriedad de la marca
de los accionantes: No acreditada - Mala fe: Acreditada
Lima, dieciocho de mayo de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 22 de octubre de 2007, Víctor Raúl Herrera Aguirre y Wilfredo
Sandoval Moreno (Perú) solicitaron la nulidad del registro de la marca de
servicio ORQUESTA LOS INTERNACIONALES BELLKING´S PIURA,
registrada a favor de Aurelio Bayona Quiroga bajo Certificado Nº 31079, para
distinguir servicios de la clase 41 de la Nomenclatura Oficial. Manifestaron que:
- Desde hace más de 40 años vienen utilizando el nombre LOS BELKING´S
para distinguir sus actividades y servicios como agrupación musical
internacional.
- La agrupación musical LOS BELKING´S se creó en el año 1966, habiendo
adquirido prestigio y fama no solo a nivel nacional, sino también
internacional.
- La marca registrada cuya nulidad se pretende incluye como elemento
distintivo y principal la denominación BELLKING´S, con lo cual resulta
evidente que con dicha marca, su titular pretende aprovecharse del prestigio
ganado por su orquesta.
- Es conocido y evidente para el público peruano e internacional que la
denominación LOS BELKING´S goza de alta estima por su notoria y
reconocida calidad. Por ello, está confirmado que el emplazado conocía y
conoce de la existencia y prestigio de su agrupación musical LOS
BELKING´S, por lo que el registro de la marca cuestionada carece de buena
fe.
Adjuntó diversos documentos a fin de acreditar sus afirmaciones.
Con fecha 14 de diciembre de 2007, Aurelio Bayona Quiroga absolvió el
traslado de la acción señalando que:
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- La marca ORQUESTA LOS INTERNACIONALES BELLKING´S PIURA fue
adquirida conforme a ley, cumpliendo, para ello, con todos los requisitos
establecidos en la norma.
- La orquesta Los Internacionales Bellking´s Piura fue creada por su persona
conjuntamente con sus hermanos Genaro y Teodosio Bayona Quiroga
hace aproximadamente 30 años, acompañados por músicos talentosos y
empeñosos. Entre todos los integrantes de la orquesta optaron por
denominarse ORQUESTA LOS INTERNACIONALES BELLKING´S PIURA,
debido al significado de la denominación BELLKING´S (que en castellano
significa rey de campanas).
- La ORQUESTA LOS INTERNACIONALES BELLKING´S PIURA viene
realizando sus actividades por más de 30 años en forma continua e
ininterrumpida, habiéndose ganado fama y prestigio.
- Los accionantes no han acreditado la supuesta mala fe con la que habría
actuado su persona al momento de obtener la marca cuestionada.
Adjuntó diversos medios probatorios a fin de acreditar sus afirmaciones.
Mediante Resolución Nº 1646-2009/CSD-INDECOPI de fecha 30 de junio de
2009, la Comisión de Signos Distintivos declaró infundada la acción de nulidad
interpuesta. Consideró lo siguiente:
a) Notoriedad alegada por los accionantes
- Los accionantes señalan que su signo LOS BELKING´S es notoriamente
conocido, y que la marca de servicio materia de la presente acción es
similar y confundible con ella; prohibición que se encuentra actualmente
regulada por el artículo 136 inciso h) de la Decisión 486.
- Revisados los medios probatorios presentados, se advierte que éstos
resultan insuficientes a efectos de acreditar que la marca de los
accionantes LOS BELKING´S era notoriamente conocida al momento en
que se solicitó el registro de la marca cuya nulidad se pretende, ya que si
bien reflejan la existencia de la referida marca en el Perú para distinguir
agrupaciones musicales, dichos documentos no demuestran que se trate
de una marca ampliamente difundida, publicitada y conocida en el Perú o
en alguno de los países miembros de la Comunidad Andina.
- Por lo expuesto, no resulta de aplicación al presente caso la prohibición del
artículo 136 inciso h) de la Decisión 486.
b) Mala fe
- Si bien los documentos presentados por los accionantes demuestran que
éstos han venido utilizando la denominación LOS BELKING´S para
distinguir grupos musicales de la clase 41 de la Nomenclatura Oficial,
desde el año 1966 hasta el año 2006, cabe precisar que ninguno de los
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medios probatorios adjuntados demuestran que el emplazado haya tenido
conocimiento previo, a la fecha de presentación de la solicitud de registro
de la marca materia de la presente acción, de la existencia del signo de los
accionantes.
- Además, del artículo periodístico que obra a fojas 204, se advierte que el
emplazado, conjuntamente con sus hermanos, fundaron una orquesta en el
año 1976, la cual denominaron LOS BELLKING´S.
- Teniendo en cuenta las pruebas presentadas y los hechos acreditados, se
concluye que al no haberse demostrado la mala fe alegada, corresponde
seguir presumiendo la buena fe del emplazado.
Con fecha 24 de julio de 2009, Wilfredo Sandoval Moreno y Víctor Raúl Herrera
Aguirre interpusieron recurso de apelación señalando que:
- Han venido utilizando públicamente la denominación LOS BELKING´S por
más de 40 años para distinguir agrupaciones musicales. Dicho signo es
ampliamente conocido tanto a nivel nacional como en el extranjero; incluso,
se han editado discos que se han vendido con singular éxito en el Perú y
en el exterior.
- Hasta la actualidad, su orquesta es requerida para hacer presentaciones
nacionales e internacionales.
- Los documentos adjuntados acreditan no solo la veracidad del uso del
signo LOS BELKING´S, sino su uso constante desde hace más de 40 años
y del reconocimiento del que goza entre el público.
- Al realizar una búsqueda de la denominación LOS BELKING´S en el
Internet, aparecen numerosos páginas en las que se consigna la historia de
la agrupación musical, la discografía, las presentaciones, etc.
- El sello español Nuevos Medios, con distribución de Sony Music
Entertainment de España, editó en el año 2003 una compilación de los
temas interpretados por LOS BELKING´S titulada “Instrumental Waves”, el
cual tuvo un éxito inmediato a nivel internacional. Lo anterior demuestra
que su agrupación goza de prestigio y reconocimiento.
- La Comisión de Signos Distintivos ha reconocido el uso del signo LOS
BELKING´S desde 1966 hasta 2006; sin embargo, concluye que no se ha
acreditado que el emplazado tenía conocimiento de dicho uso, a pesar de
que en el año 1976, este último formó la orquesta LOS BELLKING´S. Es
imposible que después de 10 años que su orquesta estaba en el mercado y
ya gozaba de prestigio, el emplazado no haya tenido conocimiento de la
existencia de dicha orquesta.
- No es posible sostener desconocimiento por parte del emplazado, más aún
si éste desarrolla la misma actividad. Por lo tanto, los documentos

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