Sentencia nº 001086-2010/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 18 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución18 de Mayo de 2010
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente385035-2009/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1086-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 385035-2009
1-21
ACCIONANTE : DE FRUTA MADRE E.I.R.L.
EMPLAZADO : HELÍ JESÚS VALLEJO SANTA MARÍA
Nulidad de lo actuado Determinación del supuesto acto infractor que
sustenta la interposición de la acción interpuesta
Lima, dieciocho de mayo de dos mil diez.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 23 de marzo de 2009, De Fruta Madre E.I.R.L. (Perú) interpuso
acción por infracción a los derechos de Propiedad Industrial contra Helí Jesús
Vallejo Santa María manifestando lo siguiente:
- Es titular del nombre comercial DE FRUTA MADRE E.I.R.L., para identificar
actividades económicas relacionadas con la prestación de servicios de la
clase 43 de la Nomenclatura Oficial.
- Ha tomado conocimiento de que el emplazado pretende registrar el nombre
de su empresa, conforme se desprende del Expediente Nº 377353-2008
(correspondiente a la solicitud de registro de la marca de servicio DE FRUTA
MADRE y logotipo, presentada por Helí Jesús Vallejo Santa María).
Adjuntó medios probatorios a fin de acreditar lo antes expuesto1.
1 Al respecto, De Fruta Madre E.I.R.L. adjuntó los siguientes medios probatorios:
- Copia de la Boleta de Venta 001 - Nº 000001 de fecha 14 de diciembre de 2008, emitida por De Fruta
Madre E.I.R.L., por concepto de venta de 2 jugos de naranja. Cabe precisar que en la parte superior
izquierda de la boleta de venta, se aprecia la denominación DE FRUTA MADRE E.I.R.L. escrita en
forma característica, a su lado izquierdo, la representación estilizada de un grupo de frutas tales como
piña, fresa, cerezas y plátano, y debajo de dichos elementos, se aprecia la frase LOS MEJORES
JUGOS NATURALES Y MÁS … (foja 3).
- Copia de la Factura 0001 Nº 000001 de fecha 7 de febrero de 2009, emitida por De Fruta Madre
E.I.R.L., por concepto de venta de bebidas (jugos de frutas) y comida (pollo, asado y un mixto) (foja 4).
- Copia del Testimonio de Constitución de la empresa denominada De Fruta Madre E.I.R.L. de fecha 14
de julio de 2008 (fojas 5 a 7).
- Copia de la Partida Registral Nº 12178196, correspondiente a la inscripción de la empresa individual
de responsabilidad limitada denominada “De Fruta Madre E.I.R.L.” (fojas 8 a 10).
- Impresión de la consulta RUC efectuada en la página web de la SUNAT, en la cual se aprecia
información relativa a la empresa contribuyente De Fruta Madre E.I.R.L. (foja 11).
- Impresión de 2 logotipos donde se aprecia la denominación DE FRUTA MADRE escrita en forma
característica y la representación estilizada de un grupo de frutas tales como piña, fresa, cerezas y
plátano, todo en la combinación de colores verde, fucsia, rojo y amarillo. Cabe precisar los elementos
antes descritos s e encuentran contenidos dentro de una figura circular en el caso de uno de los
logotipos (foja 13).
- Solicitud Nº 2008-423032 de fecha 1 de julio de 2008, por medio del cual, la empresa De Fruta Madre
E.I.R.L. solicita a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP la reserva de su
nombre para su respectiva inscripción (foja 14).
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1086-2010/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 385035-2009
2-21
Con fecha 2 de abril de 2009, De Fruta Madre E.I.R.L. precisó que:
- Si bien en un principio ha interpuesto acción por infracción a los derechos de
Propiedad Industrial contra Helí Jesús Vallejo Santa María, por pretender
registrar el nombre comercial de su empresa a título de persona natural,
luego de efectuar una serie de investigaciones, descubrió que éste era socio
de la empresa De Fruta Madre Sociedad Comercial de Responsabilidad
Limitada, junto con la Señorita Yitteli Casavilca Paz; motivo por el cual,
solicita que se rectifique el nombre de la parte emplazada, debiendo
encontrarse dirigida la presente acción contra De Fruta Madre Sociedad
Comercial de Responsabilidad Limitada y los socios que representan a la
referida empresa.
- A inicios del 2007, se constituyó su empresa DE FRUTA MADRE E.I.R.L.,
siendo que su creación se formalizó, posteriormente, el 15 de julio de 2008,
por medio de su inscripción ante la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos.
- Con fecha 25 de noviembre de 2008, su empresa se inscribió en el Registro
de Contribuyentes de la SUNAT, obteniendo el RUC Nº 20478028734, con el
cual pudo iniciar sus actividades comerciales.
- Con fecha 26 de noviembre de 2008, su empresa firmó un contrato de
alquiler de un local ubicado en San Bartolo; además, con fecha 28 de
noviembre de 2008, realizó la compra del dominio defrutamadre.com.pe.
- La inauguración de su establecimiento comercial se realizó el 14 de
diciembre de 2008, fecha en la que realizó su primera venta e hizo uso de su
nombre comercial.
- Debido a que su establecimiento comercial se encuentra alejado de Lima,
ello le imposibilitó solicitar el registro de su nombre comercial ante Indecopi;
sin embargo, el 19 de marzo de 2010, ha iniciado ante Indecopi, los trámites
de solicitud de registro de nombre comercial.
- Con fecha 23 de marzo de 2010, tomó conocimiento de que el Señor Heli
Jesús Vallejo Santa María pretende, mediante Expediente Nº 377353-2008,
registrar su nombre comercial.
- La inscripción ante SUNARP de la empresa del Señor Heli Jesús Vallejo
Santa María ha sido realizada con posterioridad a la fecha de inscripción de
su empresa.
- Invocó la aplicación del artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1044, toda vez
que la parte emplazada induce a confusión a los usuarios, al utilizar
publicidad y documentos con su nombre comercial, lo que demuestra una
clara competencia desleal.

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