Sentencia nº 001552-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Julio de 2010

Fecha de Resolución12 de Julio de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2317-2008/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 2
RESOLUCIÓN 1552-2010/SC2-I NDECOPI
EXPEDIENTE 2317-2008/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : GLADYS MÓNICA TRIVEÑO CHAN JAN
DENUNCIADA : INVERSIONES GENERALES RCA XXI S.A.C.
MATERIA : IDONEIDAD DEL PRODUCTO
INMUEBLES
DEMORA EN LA ENTREGA
DESPERFECTOS
ACTIVIDAD : CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMPLETOS
SUMILLA: Se confirma la resolución que viene en grado en los extremos
referidos al incumplimiento de las obligaciones asumidas contractualmente
por la denunciada respecto a los inmuebles materia de denuncia y se revoca
en el extremo que denegó la medida correctiva solicitada con respecto al
estacionamiento adquirido.
Lima, 12 de julio de 2010
ANTECEDENTES
1. El 5 de septiembre de 2008, la señora Gladys Mónica Triveño Chan Jan (en
adelante, la señora Triveño) denunció a Inversiones Generales RCA XXI
S.A.C.1 (en adelante, RCA) ante la Comisión de Protección al Consumidor –
Sede Lima Sur (en adelante, la Comisión) por infringir el artículo 8º de la Ley
de Protección al Consumidor, en virtud a que mediante Contrato de
Compraventa suscrito con fecha 21 de febrero de 2008, adquir el
departamento designado con el número 601 así como un estacionamiento,
acordándose que el incumplimiento en la entrega del inmueble en la fecha
prevista, obligaría a la denunciada a pagar US$ 50,00 por cada día de
retraso así como fijándose ciertas características que finalmente no fueron
cumplidas conforme al siguiente detalle:
(i) La existencia de un ascensor cuya finalidad era reforzar la seguridad
del departamento y que tenía llegada directa al mismo dejándose
constancia en el acta de entrega de fecha 30 de abril de 2008, que
quedaban pendientes, entre otros, los trabajos referidos al ascensor
en completo funcionamiento con acceso y llaves directas al
departamento 601 así como el estacionamiento con puerta con
acceso a control remoto;
(ii) el ascensor fue instalado pero no se le dotó de mecanismo de
seguridad alguno para evitar que cualquier persona accediera
directamente a su departamento;
1 RUC Nº 205011243247 y d omicilio en Calle Portugal 151, Urb. Los Portales de J avier Prado, V Etapa, Ate Vitarte.

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