Sentencia nº 003417-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente008-2004/CCO-ODI-UDP-01-04
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 3417-2012/SDC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 008-2004/CCO- ODI-UDP-01-04
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : COMPAÑÍA MINERALES SANTANDER S.A.C.
ACREEDOR : ÁNGEL MAMERTO CHÁVEZ MATIAS
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : EXTRACCIÓN DE MINERALES METALÍFEROS NO
FERROSOS, EXCEPTO LOS MINERALES DE URANO Y
TORIO
SUMILLA: se CONFIRMA, modificando sus fundamentos, la Resolución
4360-2011/CCO-INDECOPI del 9 de junio de 2011, que declaró improcedente
la solicitud de ampliación de créditos presentada por el señor Ángel
Mamerto Chávez Matias frente a Compañía Minerales Santander S.A.C.,
debido a que se ha verificado que parte de los créditos invocados fueron
materia de reconocimiento en un pronunciamiento anterior emitido por la
primera instancia y que el solicitante ha ampliado su petitorio en su recurso
de apelación, lo cual deviene en improcedente de acuerdo con lo dispuesto
por el artículo 428 del Código Procesal Civil, norma aplicable de manera
supletoria al presente procedimiento.
Lima, 17 de diciembre de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resoluciones 001-1996/CSA-INDECOPI/EXP-034-01-03 y 0963-
1999/CSM-INDECOPI del 31 de octubre de 1996 y 16 de abril de 1999, se
reconoció y además se precisó el monto total de los créditos de origen
laboral mantenidos por el señor Ángel Mamerto Chávez Matias (en adelante,
el trabajador) frente a Compañía Minerales Santander S.A.C.1 (en adelante,
Minerales Santander) ascendentes a S/. 5 877,46 por capital y S/. 1 351,31
por intereses2, en el primer orden de preferencia.
1 Mediante Resolución 002-1996-CSA-INDECOPI/EXP-034 del 31 de mayo de 1996, la C omisión declaró el inicio d e
concurso de Compañí a Minerales Santander Inc. Sucursal del Perú, de conform idad con lo establecido en la Ley de
Reestructuración Empresarial– Decreto Ley 26116. En sesión del 18 de marzo de 1997, la junta de acreedores
acordó la reestruct uración patrimonial como destino de la deudora. En sesión del 1 1 de diciembre de 2007, la j unta
de acreedores acordó transformar Compañía Minerales Santander Inc. Sucursal del Perú a una sociedad anónim a
cerrada, denominándola Comp añía Minerales Santander S.A.C.
2 Mediante Resolución 002-1996-CSA-INDECOPI/EXP-034 del 31 de mayo de 1996, la C omisión declaró el inicio d e
concurso de Compañí a Minerales Santander Inc. Sucursal del Perú, de conform idad con lo establecido en la Ley de
Reestructuración Empresarial– Decreto Ley 26116. En sesión del 18 de marzo de 1997, la junta de acreedores
acordó la reestruct uración patrimonial como destino de la deudora. En sesión del 1 1 de diciembre de 2007, l a junta
de acreedores acordó t ransformar Compañía Minerales S antander Inc. Sucursal del Perú a una Sociedad Anónim a
Cerrada, denominándola Com pañía Minerales Santander S.A.C.

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