Sentencia nº 001505-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 10 de Julio de 2012

Fecha de Resolución10 de Julio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente015-2011/CCD-INDECOPI-CUS
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1505-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 015-2011/C CD-INDECOPI-CUS
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
EN CUSCO
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
IMPUTADO : TRACTO SUR SERVICE S.R.L.
MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL
CONFIDENCIALIDAD
ACTOS DE ENGAÑO
MEDIDA CORRECTIVA
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : EDUCACIÓN DE ADULTOS Y OTROS
SUMILLA: se declara la NULIDAD de la Resolución 278-2011/INDECOPI-CUS
del 16 de agosto de 2011 que declaró fundada la imputación planteada de
oficio contra Tracto Sur Service S.R.L. por la comisión de actos de
competencia desleal en la modalidad de engaño, supuesto previsto en el
artículo 8.1 del Decreto Legislativo 1044 - Ley de Represión de la
Competencia Desleal, debido a que la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi en Cusco incurrió en un vicio en la motivación de su decisión al
omitir pronunciarse respecto de los argumentos y documentos presentados
por la imputada durante la tramitación del presente procedimiento.
Sin embargo, al contar con suficientes elementos de juicio para resolver el
fondo del asunto y en aplicación de lo dispuesto por el artículo 217 de la Ley
resolución apelada señalando siguiente:
(i) Declarar fundada la imputación de cargos respecto a las aseveraciones
referidas a:
Contar con la autorización para prestar de los módulos educativos
de: “mecánica básica”, “sistema de transmisión powershift”,
“sistema hidráulico”, “reconocimiento de equipo en taller”,
“seguridad industrial y medio ambiente”, “técnicas de operación”,
“inglés técnico”, “prácticas virtuales”, “psicología y RR.HH”,
“mantenimiento y operación de maquinaria pesada” y “soldadura y
mecánica básica”.
La autorización para otorgar títulos y certificaciones a nombre del
Ministerio de Educación.
(ii) Declarar infundada la imputación de cargos respecto a la afirmación
relativa a:
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1505-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 015-2011/C CD-INDECOPI-CUS
2/23
Ofrecer prácticas en cargador frontal, excavadora, retroexcavadora,
tractor oruga, moto niveladora, camión volquete, rodillo, manejo de
vehículos y tracto agrícola.
Que, luego de terminado los cursos anunciados se entregan 5
certificados a nombre de la Nación y 8 certificados modulares a
nombre de la Nación.
En ese sentido, se ordena a Tracto Sur Service S.R.L. que, en calidad de
MEDIDA CORRECTIVA, cese de manera inmediata y definitiva con la difusión
de la frases declaradas infractoras por la Sala a través del soporte
publicitario empleado u otros de naturaleza similar, en tanto no cuente con
los medios probatorios idóneos que acrediten su veracidad.
Finalmente, se SANCIONA a Tracto Sur Service S.R.L. con una multa
ascendente a 2,5 (dos y media) Unidades Impositivas Tributarias en atención
al alcance del acto de competencia desleal y el daño producido sobre los
consumidores.
SANCIÓN: 2,5 (DOS Y MEDIA) UIT
Lima, 10 de julio de 2012
I. ANTECEDENTES
1. El 11 de marzo de 2011, la Secretaría Técnica de la Comisión de la Oficina
Regional del Indecopi en Cusco (en adelante, la Comisión) realizó una
inspección en el establecimiento educativo denominado “Centro de
Educación Técnico Productivo Privado Tracto Sur” conducido por Tracto Sur
Service S.R.L. (en lo sucesivo, Tracto Sur)1, recabando en dicha oportunidad
un volante publicitario así como muestras fotográficas2.
2. Por Resolución 1 del 22 de marzo de 2011, la Secretaría Técnica de la
Comisión inició un procedimiento de oficio contra Tracto Sur por la presunta
comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño,
supuesto previsto en el artículo 8.1 del Decreto Legislativo 1044 – Ley de
Represión de la Competencia Desleal, pues estaría difundiendo un anuncio
publicitario transmitiendo las siguientes afirmaciones sin contar con el
sustento probatorio que las acredite:
(i) Que tiene la condición de Centro de Educación Técnico Productivo
Privado – CETPRO y que se encuentran autorizados para ofrecer los
1 R.U.C: 20490048694
2 Obrantes a fojas 2 al 5 del expediente.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR