Sentencia nº 001086-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 8 de Mayo de 2012

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0001-2005/01-3735/CCO-ODI-LAM
TRIBUNAL DE
DEFENSA DE LA COMPETE NCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 1086-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0001-2005-01-3735/ CCO-ODI-LAM
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
DEUDOR : AGRO PUCALÁ S.A.A.
ACREEDOR : BLANCA TERESA SALAZAR MILLIAN
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ELABORACIÓN DE AZÚCAR
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 0032-2010/INDECOPI-LAM del 18 de
enero de 2010, que declaró inadmisible la solicitud presentada por la señora
Blanca Teresa Salazar Millian frente a Agro Pucalá S.A.A. y, reformándola, se
declara IMPROCEDENTE dicha solicitud, debido a que se ha verificado que
los créditos invocados por la solicitante derivados de la compensación por
tiempo de servicios devengada al 31 de diciembre de 1985 fueron
capitalizados en su totalidad conforme a lo dispuesto por el Decreto
Legislativo 890 por el cual se estableció la capitalización del 100% de la CTS
y de los adeudos laborales para aquellos trabajadores cuyo cese se hubiera
producido antes del 1 de enero de 1990.
Lima, 8 de mayo de 2012
ANTECEDENTES
1. El 25 de noviembre de 2009, la señora Blanca Teresa Salazar Millian (en
adelante, la señora Salazar) solicitó ante la Comisión de la Oficina Regional
del Indecopi en Lambayeque (en adelante, la Comisión) el reconocimiento de
créditos frente a Agro Pucalá S.A.A.1 (en adelante, Agro Pucalá) ascendentes
a S/. 16 609,91 por capital derivados de la compensación por tiempo de
servicios devengada del 1 de setiembre de 1949 al 31 de diciembre de 1985,
y S/. 14 392,15 por intereses calculados al 21 de febrero de 2005.
2. En sustento de su solicitud, la señora Salazar presentó copia de los
siguientes documentos:
(i) autoliquidación de beneficios sociales y adeudos laborales que contiene
créditos por concepto de CTS devengada del 1 de setiembre de 1949 al
31 de diciembre de 1985 por el monto ascendente a S/. 16 609,91 por
capital y S/. 14 392,15 por intereses, calculados al 21 de febrero de
2005;
(ii) certificado de trabajo suscrito por el administrador provisional de Agro
Pucalá, en el que se señala que la señora Salazar laboró para la
1 El 21 de febrero de 2005, la Comisió n publicó en el diario oficial “El Peruano” el inicio de concurso de Agr o Pucalá.

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