Sentencia nº 000381-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 24 de Febrero de 2009

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2414-2007/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 0381-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 2414-2007/CPC
M-SDC-13/2A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DENUNCIANTE : VERÓNICA MARIZOL CÁCERES FERNÁNDEZ
DENUNCIADO : PROMOTORA ASISTENCIAL S.A.C. CLÍNICA
LIMATAMBO
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
IDONEIDAD DEL SERVICIO
NULIDAD
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA
SALUD HUMANA
SUMILLA: se declara la nulidad de la Resolución 1052-2008/CPC del 4 de
junio de 2008 emitida por la Comisión de Protección al Consumidor que
declaró fundada en parte la denuncia, dado que ésta presenta un vicio en
el objeto y motivación, los cuales constituyen dos requisitos de validez
del acto administrativo; y, se dispone que una vez subsanados los
defectos verificados la primera instancia expida un nuevo
pronunciamiento.
Lima, 24 de febrero de 2009
ANTECEDENTES
1. El 29 de noviembre de 2007, la señora Verónica Marizol Cáceres
Fernández (en adelante, la señora Cáceres) denunció a Promotora
Asistencial S.A.C. Clínica Limatambo (en adelante, la Clínica) y al señor
Juan Eduardo Díaz Rivera (en adelante, el doctor Díaz) ante la Comisión
de Protección al Consumidor (en adelante, la Comisión) por infringir el
Decreto Legislativo 716 –Ley de Protección al Consumidor. En su
denuncia, la señora Cáceres manifestó lo siguiente:
(i) el 18 de mayo de 2007, el señor Díaz, médico de la Clínica, le
practicó una colecistectomía laparoscópica
1
. Indicó que de manera
posterior a la operación presentó un dolor permanente que no habría
cesado pese al tratamiento brindado por los denunciados y que
continuó incluso después de ser dada de alta;
(ii) el 20 de mayo de 2007, se le practicó un hemograma y se le realizó
una ecografía, los cuales evidenciaban que presentaba
granulaciones tóxicas en la sangre y líquido moderado en el fondo
1
Extracción de la vesícula.

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