Sentencia nº 001015-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente060-2005/CCO-INDECOPI- 03-04
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 1015-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 060-2005/C CO-INDECOPI- 03-04
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : CARBOLÁN S.A. EN QUIEBRA
ACREEDOR : COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE
EMPRESAS Y VALORES
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
CONCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO
ACTIVIDAD : OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS
NCP.
SUMILLA: se declara que la Sala de Defensa de la Competencia 1 CARECE DE
COMPETENCIA para pronunciarse sobre el recurso de apelación formulado
por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores contra la
Resolución 5278-2010/CCO-INDECOPI del 23 de julio de 2009, al haber
concluido el procedimiento concursal ordinario de Carbolán S.A. debido a la
declaración judicial de quiebra de dicha empresa.
Lima, 17 de mayo de 2010
ANTECEDENTES
1. Por Resolución 5278-2010/CCO-INDECOPI del 23 de julio de 2010, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante, la Comisión)
declaró improcedente la solicitud de ampliación de créditos1 presentada por la
Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (en adelante,
Conasev) frente a Carbolán S.A. en Liquidación (en adelante, Carbolán)2.
2. El 16 de agosto de 2010, CONASEV interpuso recurso de reconsideración
contra la Resolución 5278-2010/CCO-INDECOPI.
3. Por Resolución 7943-201/CCO-INDECOPI del 9 de noviembre de 2010, la
Comisión calificó el referido recurso de reconsideración como un recurso de
apelación y concedió el mismo.
4. Por Resolución 0467-2011/CCO-INDECOPI del 2 de febrero de 2011, la
Comisión declaró la conclusión del procedimiento concursal ordinario de
Carbolán, debido a que el órgano jurisdiccional declaró la quiebra de dicha
empresa3.
1 Los créditos invocados asciend en a US$ 2 047,04 por capit al, derivad os del pago de contribuciones por derecho de
cotización de valores correspondi ente al periodo noviembre-2008 a febrero-2010.
2 El 18 de julio de 2005, fue difundida la situación de concurso de Carbolán S.A. Posteriormente, el 27 de febrero de
2006, la junta de acreedor es acordó la d isolución y liquidación de dicha empr esa, designó a l a entidad liquidadora a
cargo del procedimiento y su scribió el convenio de liquidación.
3 Por Resolución Dos del 12 de octubre de 2010, el Décimo Sexto Juzgado Especializado en l o Civil de Lima declaró la
quiebra de Carbolán, la extinción d e su patrimonio y la incobrabilidad de sus deudas.

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