Sentencia nº 001151-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Octubre de 2009

Fecha de Resolución22 de Octubre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente0064-2002/CRP-ODI-PIU
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1151-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 0064-2002/CRP-ODI-PI U
M-SDC-13/2B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE PIURA
DEUDOR : CORPORACION STEWART S.A.C.
IMPUGNANTE : BANCO DE CREDITO DEL PERU
MATERIA : IMPUGNACION DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREEDORES
SUSTRACCION DE LA MATERIA
ACTIVIDAD : IMPORTACION Y COMERCIALIZACION DE
FERTILIZANTES, PESTICIDAS E INSECTICIDAS Y
OTROS PRODUCTOS DESTINADOS AL AGRO.
SUMILLA: carece de objeto que la Sala de Defensa de la Competencia Nº1
emita pronunciamiento respecto de los recursos de apelación interpuestos
por Banco de Crédito del Perú y Corporación Stewart S.A.C. contra los
acuerdos adoptados en Junta de Acreedores del 21 de agosto de 2008, al
haber operado la sustracción de la materia, en atención a que tales acuerdos
fueron convalidados en sesión de Junta de Acreedores del 18 de diciembre
de 2008, cuya validez ha sido ratificada por la Sala de Defensa de la
Competencia Nº1, mediante Resolución 1149-2009/SC1-INDECOPI del 22 de
octubre de 2009.
Lima, 22 de octubre de 2009
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 226-2002/CRP-PIURA del 26 de marzo de 20021, la
Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Piura (en adelante, la
Comisión), declaró la insolvencia de Corporación Stewart S.A. (en adelante,
Costesac). El 29 de julio de 2002, la Comisión publicó dicho estado en el
diario Oficial El Peruano.
2. El 30 de abril de 2003, la Junta de Acreedores de Costesac, acordó la
continuación de las actividades de la deudora bajo un régimen de
reestructuración patrimonial.
3. El 21 de noviembre de 2005, la Junta de Acreedores de Costesac aprobó y
suscribió el Plan de Reestructuración.
4. El 20 de agosto de 2008, la Junta de Acreedores de Costesac adoptó los
siguientes acuerdos: (i) designar a Ceres Perú S.A. como Presidente de la
Junta de Acreedores; (ii) aprobar la autorización a la administración para la
1 Dicho pronunciam iento fue confirmado por Resolución 045 4-2002/TDC-INDECOPI emitida por el Tribunal de Defensa
de la Competencia y de la Propiedad Intelectual del Indecopi.

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