Sentencia nº 002145-2009/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 23 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente206-2008//CPC-INDECOPI-LAM
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia Nº 2
RESOLUCIÓN 2145-2009/SC2-INDECOPI
EXPEDIENTE 206-2008/CPC-INDECOPI-LAM
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE LAMBAYEQUE
DENUNCIADA : AMELIA ROSA BONIFAZ DE TUESTA
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
PROCEDIMIENTO INICIADO DE OFICIO
LISTA DE PRECIOS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : RESTAURANTES, BARES Y CANTINAS
SUMILLA: Se confirma la Resolución 3835-2008/INDECOPI-LAM del 24 de
noviembre de 2008, emitida por la Comisión de la Oficina Regional del
Indecopi en Lambayeque, que halló responsable a la señora Amelia Rosa
Bonifaz de Tuesta por infracción del artículo 18º del Decreto Legislativo 716
y la sancionó con una multa de 0,50 UIT, al no haber cumplido con la
obligación de colocar la lista de precios de los productos alimenticios que
ofrece al exterior de su establecimiento.
SANCIÓN: 0,50 UIT
Lima, 23 de noviembre de 2009
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 3227-2008/INDECOPI-LAM del 17 de setiembre de
2008, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque (en
adelante, la Comisión) inició de oficio un procedimiento contra la señora
Amelia Rosa Bonifaz de Tuesta1 (en adelante, la señora Bonifaz), propietaria
del restaurante turístico “Las Chozas de Marlisa”, por infracción del artículo
18º del Decreto Legislativo 716, puesto que durante la inspección realizada
por la Secretaría Técnica de la Comisión el 30 de agosto 2008, se verificó
que el establecimiento investigado no contaba con una lista exterior de sus
precios.
2. El 6 de octubre de 2008, se declaró rebelde a la señora Bonifaz, toda vez que
habiendo transcurrido en exceso el plazo otorgado para presentar sus
descargos, ésta no presentó escrito alguno.
3. Así, por Resolución 3835-2008/INDECOPI-LAM del 24 de noviembre de
2008, la Comisión halló responsable a la señora Bonifaz por infracción del
artículo 18º del Decreto Legislativo 716 y la sancionó con una multa de 0,50
1 RUC: 10334034874. Dirección: Jr. Ayacucho 1133 – Amazonas – Chachapoyas.

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