Sentencia nº 001639-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 3 de Diciembre de 2001

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente118263-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1639-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 118263-2000
1-14
ACCIONANTE : JORGE ÁVILA CASTRO
EMPLAZADA : SERVICIOS GENERALES KRONOS S.R.L.
Infracción a los derechos de propiedad industrial: Existencia
Lima, tres de diciembre de dos mil uno
I. ANTECEDENTES:
Con fecha 17 de noviembre del 2000, Jorge Ávila Castro (Perú) interpuso denuncia
por infracción a los derechos de propiedad industrial en contra de la empresa Kronos
(debió decir Servicios Generales Kronos S.R.L.), en base a su marca EL… DE LOS
PALIERES y logotipo, que distingue productos y servicios de las clases 12 y 37 de la
Nomenclatura Oficial (certificados N° 62811 y N° 21450, respectivamente). Manifestó
que la emplazada, que realiza las mismas actividades que su empresa, exhibe en el
frontis de su establecimiento un rotulado vertical, de fondo rojo, con la denominación
PALIERES escrita en letras gruesas de color blanco y borde negro, debajo de la
denominación KRONOS, y con una corona de color amarillo oro en la parte superior.
Precisó que todas esas características son casi exactas a las que están
reivindicadas en su marca registrada. Además, la emplazada también usa un letrero
con la denominación REPUESTOS en letras de color rojo y fondo blanco. Refirió que
la denunciada no tiene registrada ninguna marca, ni nombre comercial con la
denominación que ostenta, sino que a sabiendas del prestigio y reputación que tiene
su marca registrada, pretende indebidamente beneficiarse de ella. Señaló que
mediante carta notarial de fecha 8 de agosto del 2000, hizo una invitación amical a la
emplazada a fin de que deje de hacer uso de dicho signo, sin embargo, la
emplazada hizo caso omiso a dicho pedido, razón por la cual se ha visto en la
necesidad de iniciar la presente denuncia. Adjuntó documentos para acreditar sus
argumentos. Solicitó se practique una inspección en el local de la emplazada, y se
dicten como medidas cautelares:
El comiso, depósito o inmovilización de rotulados, carteles, etiquetas, membretes,
etc. que utilicen la denominación (se entiende PALIERES) con las características
similarmente confundibles con su marca registrada.
La paralización de toda actividad de comercialización de repuestos automotrices,
así como de prestación de servicios de reparación y mantenimiento de vehículos
automotrices, que ostenten los carteles denunciados.
Cualquier otra medida que tenga como finalidad evitar que se produzca algún
perjuicio adicional derivado del acto denunciado o que tenga por finalidad la
cesación de éste.
Mediante proveídos de fecha 13 de diciembre del 2000, la Oficina de Signos
Distintivos:
Tuvo por interpuesta la denuncia por infracción; ordenó se practique una
diligencia de inspección en el local de la emplazada, en calidad de requerimiento
de información; y en cuanto a las medidas cautelares solicitadas, dispuso se

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