Sentencia nº 000783-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 20 de Junio de 2001

Fecha de Resolución20 de Junio de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente9981844-1999/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 783-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 9981844
1-12
APELANTE : BANCO BANEX
Inscripción de prenda sobre una marca
Lima, veinte de junio de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 31 de marzo de 1999, Corporación Transcontinental del Perú S.A.C.
(Perú) presentó copia de la Escritura Pública de Transacción, Reconocimiento de
Obligaciones y Constitución de Garantías, Cesión de Derechos, Prenda Global y
Flotante y Prenda de Marca que celebraron con Bancosur a fin de solicitar la
inscripción de prenda civil sobre el registro del certificado Nº 86707, correspondiente
a la marca de producto COSTEÑO, que distingue productos agrícolas, hortícolas,
forestales y granos, y demás de la clase 31 de la Nomenclatura Oficial.
Mediante Resolución Nº 1327-1999/OSD-Ra-INDECOPI de fecha 26 de abril de
1999, el Área de Registros y Archivo de la Oficina de Signos Distintivos inscribió en
el Registro de Marcas de Producto de la Propiedad Industrial la prenda civil sobre la
marca de producto constituida por la denominación COSTEÑO, inscrita bajo
certificado Nº 86707, que concede Corporación Transcontinental del Perú S.A.C. a
favor de Bancosur hasta por la suma de US$ 2 000 000,00.
Con fecha 27 de abril de 1999, Banco Banex (Perú) interpuso recurso de apelación
solicitando se declare nulo el asiento Nº 12 (asiento rectificatorio) de fecha 6 de abril
de 1999, por el cual se otorgó prioridad registral a la solicitud de inscripción del
contrato de prenda formulada por Bancosur (inscrita en el asiento Nº 11), toda vez
que éste resulta de fecha posterior a su solicitud de inscripción de medida cautelar
(inscrita en el asiento Nº 10). Manifestó lo siguiente:
Con fecha 23 de marzo de 1999, Banco Banex solicitó ante el Segundo Juzgado
Especializado en lo Civil del Callao una medida cautelar de embargo en forma de
inscripción sobre trece marcas de propiedad de Corporación Transcontinental del
Perú S.A.C., entre las cuales se encontraba la marca COSTEÑO, registrada para
la clase 31 de la Nomenclatura Oficial, bajo certificado Nº 86707.
Con fecha 25 de marzo de 19991, el Oficio Nº 9604-99-56º-JECL-MGT ingresó a
la Unidad de Control Documentario del INDECOPI, a fin de que se inscribiera a
su favor la medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre la marca
COSTEÑO (certificado Nº 86707).
Con fecha 25 de marzo de 19992, Bancosur presentó una solicitud de inscripción
de dos contratos de prenda contenidos en una Escritura Pública de fecha 1º de
marzo de 1999. A través de uno de ellos se afectó a su favor las marcas
COSTEÑO y derivadas, y a través del otro la marca MOLINO ROJO.
Entendiendo que era una sola solicitud, el Área de Registros y Archivo anotó
únicamente el contrato relacionado a la marca MOLINO ROJO, abriéndose el
expediente Nº 9981461.
1 Dicha solicitud ingresó a las 16 horas 21 minutos.
2 Dicha solicitud ingresó a las 13 horas 09 minutos.

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