Sentencia nº 000687-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 12 de Octubre de 2001

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente015-99 /
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº0687-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 015-99
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA CAMARA DE COMERCIO Y DE PRODUCCION
DE LAMBAYEQUE (LA COMISION)
IMPUGNANTE : JUAN MIGUEL TOMANGUILLO SIFUENTES (EL SEÑOR
TOMANGUILLO)
INSOLVENTE : JUAN MIGUEL TOMANGUILLO SIFUENTES (EL SEÑOR
TOMANGUILLO)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
PROCESAL
IMPUGNACION DE ACUERDOS DE JUNTA DE
ACREEDORES
ACTIVIDAD : PERSONA NATURAL
SUMILLA: en el procedimiento de insolvencia del señor Juan Miguel
Tomanguillo Sifuentes, la Sala ha resuelto lo siguiente:
Confirmar la Resolución N° 0126-2001/CRP-ODICIX-CCPL emitida por la
Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del
INDECOPI en la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque el 24 de
abril de 2001 que declaró infundada la impugnación interpuesta por el
insolvente, contra el acuerdo de desaprobación del Plan de
Reestructuración, adoptado por su junta de acreedores reunida el 26 de
marzo de 2001, toda vez que la junta de acreedores se pronunció
válidamente, cumpliendo con las formalidades previstas en la normatividad
concursal.
Tales acuerdos no constituyen un ejercicio abusivo de derecho, sino que
responden al ejercicio regular del derecho de los acreedores mayoritarios,
tales como el Banco de Crédito del Perú, a decidir la aprobación o
desaprobación del Plan de Reestructuración propuesto.
Lima, 12 de octubre de 2001
I ANTECEDENTES
Mediante Resolución N° 001-1999-CRP-ODI-CCPL/EXP-015 del 29 de octubre de
1999 se declaró la insolvencia del señor Tomanguillo. En la junta de acreedores
realizada el 25 de febrero de 2000 se acordó la reestructuración patrimonial del
insolvente.
El 24 de mayo de 2000, la junta de acreedores, en primera convocatoria, aprobó
el Plan de Reestructuración Patrimonial presentado por el señor Tomanguillo, con
el 70,59% de los créditos reconocidos. Mediante Resolución N°0144-2000/CRP-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR