Sentencia nº 000684-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 12 de Octubre de 2001

Fecha de Resolución12 de Octubre de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente907-2001/013/CRP-ODI-CAMARA
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0684-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 907-2001-013/CSM-ODI-CAMARA
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN LA CAMARA DE COMERCIO DE LIMA (LA
COMISION)
ACREEDOR : CAJA DE BENEFICIOS Y SEGURIDAD SOCIAL DEL
PESCADOR (LA CAJA DEL PESCADOR)
DEUDOR : ENVASADORA CHIMBOTE EXPORT S.A.
(ENVASADORA CHIMBOTE)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
ORDEN DE PREFERENCIA
ACTIVIDAD : PESCA, EXPLOTACION DE CRIADEROS DE PECES Y
GRANJAS PISCICOLAS, ACTIVIDADES DE
SERVICIOS RELACIONADOS CON LA PESCA
ELABORACION Y CONSERVACION DE PESCADO Y
PRODUCTOS DEL PESCADO
SUMILLA: en el procedimiento de reconocimiento de créditos seguido por la
Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador frente a Envasadora
Chimbote Export S.A., se ha resuelto lo siguiente:
(i) denegar el pedido de nulidad de la Caja de Beneficios y Seguridad
Social del Pescador contra la Resolución N° 2610-2001/CRP-ODI-
CAMARA del 24 de agosto de 2001 que concedió la apelación
formulada por el representante de los créditos de origen laboral,
toda vez que éste sí tiene legitimidad para impugnar la resolución al
considerar que ésta afecta los créditos reconocidos a favor de los
trabajadores y porque ésta fue interpuesta dentro del plazo
establecido teniendo en cuenta que dicho representante tomó
conocimiento de la resolución apelada el mismo día en que presentó
su recurso al apersonarse a las oficinas de la Comisión; y,
(ii) revocar la Resolución Nº 1916-2001/CRP-ODI-CCPL de fecha 21 de
junio de 2001 emitida por la Comisión de Reestructuración
Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en la Cámara
de Comercio de Lima en el extremo en que otorgó el primer orden de
preferencia a los créditos mantenidos por la Caja del Pescador frente
a Envasadora Chimbote hasta por la suma de S/. 1 856 649,37 por
capital y S/. 724 881,04 por intereses, declarándose que les
corresponde el quinto orden de preferencia.
Los créditos reconocidos a favor de la Caja de Beneficios y
Seguridad Social del Pescador al no tratarse de beneficios sociales
que pague directamente el empleador al trabajador, ni encontrarse

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