Sentencia nº 001210-2001/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 3 de Septiembre de 2001

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2001
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente99090-2000/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 1210-2001/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 99090-2000
1-8
ACCIONANTE : BOTICA COSMOS S.A.
EMPLAZADA : RHONE-POULENC AGRO
Nulidad de la marca por uso de un nombre comercial anterior - Pruebas de uso
de nombre comercial
Lima, tres de setiembre de dos mil uno
I. ANTECEDENTES
Con fecha 14 de enero del 2000, Botica Cosmos S.A. (Perú) solicitó la nulidad del
registro del certificado Nº 28669, correspondiente a la marca COSMOS inscrita a
favor de Rhone-Poulenc Agro, para distinguir productos de la clase 5 de la
Nomenclatura Oficial. Señaló que utiliza desde el siglo pasado en forma permanente
y continua el nombre comercial BOTICA COSMOS (debió decir BOTICA COSMOS
S.A.), habiendo acreditado con anterioridad, ante el Indecopi, la fecha de primer uso
de dicho signo (29 de agosto de 1959), siendo que la marca registrada cuya nulidad
solicita es gráfica, fonética y conceptualmente confundible con su nombre comercial.
Posteriormente, solicitó la aplicación del artículo 8 del Convenio de París y el artículo
14 de la Convención de Washington.
Con fecha 17 de marzo del 2000, Rhone-Poulenc Agro (France) absolvió el traslado
de la nulidad manifestando que la acción de nulidad interpuesta no invoca ninguno
de los supuestos legales establecidos en el artículo 181 del Decreto Legislativo 823.
Indicó que el nombre comercial BOTICA COSMOS se entiende como un
establecimiento dedicado a la venta de productos farmacéuticos, en tanto que la
marca COSMOS diferencia sus productos (preparaciones para destruir animales
dañinos, fungicidas y herbicidas) de los producidos y puestos en el mercado por otra
empresa o persona. Indicó que nadie confunde actividad económica con producto.
Precisó que será el término BOTICA el que primero capte y recuerde el consumidor,
eliminándose cualquier riesgo de confusión. Indicó que de ser cierta la fecha de
primer uso del nombre comercial de la accionante, se acreditaría que ambos signos
han coexistido en el mercado por varios años, ya que su registro fue concedido el 27
de agosto de 1996. Agregó que debe tenerse en cuenta que el ámbito geográfico del
nombre comercial es Arequipa, mientras que su marca registrada tiene una
extensión no sólo a nivel nacional, sino también internacional, ya que se encuentra
registrada en 39 países y solicitada también en Colombia y Venezuela. Finalmente,
manifestó que la accionante no ha acreditado el uso o conocimiento de su nombre
comercial en el Perú.
Con fecha 1º de junio del 2000, Rhone-Poulenc Agro presentó un escrito
manifestando que el derecho sobre el nombre comercial se deberá hacer valer como
un medio de defensa contra la obtención de un registro, pero no podrá ser usados a
posteriori, cuando el registro ya ha sido otorgado y cuenta con certificado
correspondiente. Asimismo, indicó que el nombre comercial de la accionante se

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