Sentencia nº 000414-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 3 de Abril de 2006

Fecha de Resolución 3 de Abril de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente003-2003/CCO-ODI-LOR
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0414-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 003-2003/CCO-ODI-LOR
M-SDC-13/1E
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES DE LORETO (LA COMISIÓN)
SANCIONADO : ADMINISTRADORES CORPORATIVOS S.A.C.
(ADMINISTRADORES CORPORATIVOS)
DEUDOR : COMPAÑÍA EMBOTELLADORA LUSITANIA S.A.
EN LIQUIDACIÓN (EMBOTELLADORA LUSITANIA)
MATERIA : PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
OBLIGACIONES DEL LIQUIDADOR
INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO DE
LIQUIDACIÓN
REMATE
MULTA
GRADUACÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE AGUAS GASIFICADAS
Lima, 3 de abril de 2006
ANTECEDENTES
El 3 de diciembre de 2004, Compañía Embotelladora del Pacífico S.A. en
Liquidación (en adelante, Cepsa) denunció a Consorcio Peruano de
Asesores Concursales S.A.C., actualmente denominada Administradores
Corporativos S.A.C., por supuestas irregularidades incurridas por dicha
entidad como entidad a cargo de la liquidación de Embotelladora Lusitania
con ocasión del proceso de subasta pública y adjudicación de un inmueble
de propiedad de la concursada, llevado a cabo el 24 de setiembre de 2004
1
.
Atendiendo a ello, la Secretaría Técnica de la Comisión corrió traslado de la
denuncia a Administradores Corporativos para que presente sus descargos
en un plazo de 5 días hábiles, bajo apercibimiento de iniciar un
procedimiento sancionador en su contra. El 14 de enero de 2005,
Administradores Corporativos absolvió el traslado de la denuncia y solicitó
que sea declarada infundada en todos sus extremos.
Considerando el informe emitido por la Secretaría Técnica, mediante
Resolución N° 0023-2005/CCO-ODI-LOR del 28 de febrero de 2005, la
Comisión sancionó a Administradores Corporativos con una multa de 20 UIT
por considerar que dicha entidad incurrió en infracciones administrativas
durante el proceso de liquidación de Embotelladora Lusitania. No obstante,
atendiendo al recurso de apelación formulado por Administradores
Corporativos, el citado acto administrativo fue declarado nulo por la Sala a
través de la Resolución N° 0716-2005/TDC-INDECOPI del 27 de junio de
2005, toda vez que la Comisión sancionó a Administradores Corporativos
sin previamente cursarle la notificación preventiva de cargos para que
1
En dicha oportunidad, se adjudicó el inm ueble situado en Calle Sargento Lores N° 142-254 en la c iudad de
Iquitos, de propiedad de la concursada, a favor de los acreedores laborales por la suma de US$ 29 464,94.

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