Sentencia nº 000600-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente178-2011/CPC-INDECOPI-AQP
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0600-2013/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 178-2011/CPC-I NDECOPI-AQP
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE AREQUIPA
PROCEDIMIENTO : DE OFICIO
DENUNCIADA : JULSA ÁNGELES TOURS S.A.C.
MATERIAS : TEMAS PROCESALES
NULIDAD
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE TRANSPORTE REGULAR DE
PASAJEROS POR VIA TERRESTRE
SUMILLA: Se declara la nulidad de la Resolución 251-2012/INDECOPI-AQP
que halló responsable a Julsa Ángeles Tours S.A.C., por la presunta
infracción de los artículos 19° y 151° del Código de Protección y Defensa del
Consumidor, debido a que dicho pronunciamiento se emitió sin cumplir con
el procedimiento regular requerido para su emisión, toda vez que se omitió
notificar a la denunciada con el acta de verificación del 28 de octubre de
2011. En consecuencia, se dispone la devolución del expediente a primera
instancia, a fin de que subsane el vicio detectado y emita un nuevo fallo.
Lima, 12 de marzo de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 24 de noviembre de 2011, la Comisión de la
Oficina Regional del Indecopi de Arequipa (en adelante, la Comisión) inició
un procedimiento de oficio contra Julsa Ángeles Tours S.A.C.1 (en adelante,
Julsa Tours) por infracción de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa
del Consumidor2 (en adelante, el Código), debido a que en la diligencia de
inspección realizada el 28 de octubre de 2011, se constató que no cumplió
con respetar el horario de salida programado para la ruta Arequipa-Puno en
el bus de placa B21-960 y que no exhibía el aviso que diera cuenta sobre la
existencia de un libro de reclamaciones en su establecimiento.
2. En sus descargos, Julsa Tours señaló que su representada no había sido
notificada con el acta de verificación levantada el 28 de octubre de 2011, por
lo cual desconocía las circunstancias exactas en que habrían ocurrido los
hechos imputados.
3. Mediante Resolución 251-2012/INDECOPI-AQP del 23 de mayo de 2012, la
Comisión emitió el siguiente pronunciamiento:
1 RUC 20286155317. Domicilio Fiscal: Avenida Héroes de la G. del Pacífico 269, Urbani zación Los Choferes, D istrito
de Juliaca, Provincia de San Rom án, Departamento de Puno.
2 Publicado el 2 de setiembr e de 2010 en el diario oficial El Peruano. Entró en vi gencia a los 30 días calendario.

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