Sentencia nº 000376-2003/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 3 de Abril de 2003

Fecha de Resolución 3 de Abril de 2003
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente148998-2002/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0376-2003/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 148998-2002/Enmienda
1-2
ACCIONANTE : CONSORCIO EXPORTADOR S.A.C.
EMPLAZADA : AGRO COSTA S.A.C.
Enmienda por error material
Lima, tres de abril de dos mil tres
I. ANTECEDENTES
Con fecha 7 de marzo del 2003, la Sala de Propiedad Intelectual emitió la
Resolución Nº 242-2003/TPI-INDECOPI, habiendo incurrido en error material en la
parte resolutiva, consignándose como empresa sancionada a la empresa accionante
Consorcio Exportador S.A.C., debiendo haber sido la empresa emplazada Agro
Costa S.A.C., tal como se verifica del análisis del caso.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto Supremo N° 025-93-
ITINCI, Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI
concordado con el artículo 47 del Decreto Legislativo 807, la Sala puede enmendar
sus resoluciones en caso que las mismas contengan errores manifiestos de escritura o
de cálculo o presenten inexactitudes evidentes.
II. RESOLUCIÓN DE LA SALA
ENMENDAR la parte resolutiva de la Resolución N° 242-2003/TPI-INDECOPI de
fecha 7 de marzo del 2003, quedando redactada en los siguientes términos:
“Primero.- CONFIRMAR la Resolución Nº 9702-2002/OSD-INDECOPI de fecha 29 de
agosto del 2002 en los siguientes extremos:
- Declarar fundada la acción por infracción de derechos de propiedad industrial
interpuesta por Consorcio Exportador S.A.C. contra Agro Costa S.A.C.
- Prohibir a Agro Costa S.A.C. el fraccionamiento de empaques conteniendo
insecticidas originalmente marcados con la marca AGROSAN, el reenvase de su
contenido y la posterior comercialización de éste utilizando el citado signo, tanto en
forma independiente como conjuntamente con otros elementos.
- Sancionar a Agro Costa S.A.C. con una multa ascendente a 0,7 UIT
Segundo.- REVOCAR la Resolución Nº 9702-2002/OSD-INDECOPI de fecha 29 de
agosto del 2002 en el extremo que declaró fundada la denuncia por actos de

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