Sentencia nº 000327-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 4 de Agosto de 2004

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2004
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente1055-2003/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0327-2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 1055-2003/CPC
M-SDC-02/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
(LA COMISIÓN)
DENUNCIANTE : ROBERTO WOLL TORRES (EL SEÑOR WOLL)
DENUNCIADO : TXS CONSULTORES LEGALES ASOCIADOS S.A.
(COAXA)
MATERIA : PROTECCION AL CONSUMIDOR
INFRACCION A LA LEY 27598
ACTIVIDAD : AGENCIA DE COBRANZA
Lima, 4 de agosto de 2004
I ANTECEDENTES
El 1 de octubre de 2003, el señor Woll denunció a COAXA por presuntas
infracciones a la Ley de Protección al Consumidor. El denunciante señaló que
COAXA remitió notificaciones de cobranza con tono amenazador a un domicilio
distinto al suyo, pese a que él había variado la dirección de su domicilio e incluso
había consignado el monto adeudado en el Banco de la Nación.
En sus descargos, COAXA manifestó que las notificaciones de cobranza fueron
enviadas a la dirección que figuraba como domicilio consignado en el contrato de
crédito, origen de la obligación. Asimismo, indicó que había tomado conocimiento
de la consignación efectuada por el señor Woll tres días después de haber remitido
la notificación de cobranza. Finalmente, COAXA negó lo señalado por el
denunciante respecto del tono amenazador de sus comunicaciones.
El 3 de marzo de 2004, mediante Resolución N° 263-2004-CPC, la Comisión
declaró infundada la denuncia al considerar que no existía infracción a lo
establecido en el artículo 24 de la Ley de Protección al Consumidor.
El 19 de marzo de 2004, el señor Woll apeló la mencionada Resolución señalando
que las palabras "embargo y secuestro de bienes", "tramítese en 48 horas" y
"urgente aviso previo a ejecución judicial", contenidas en las notificaciones de
cobranza constituían una vulneración de su derecho a la dignidad, el honor y la
buena reputación. Asimismo, el denunciante reiteró que el 31 de octubre de 2003
había informado a COAXA sobre la variación de su domicilio, motivo por el cual la
notificación de cobranza del 11 de enero de 2003 debió realizarse en el nuevo
domicilio. Finalmente, el señor Woll indicó que el hecho que la consignación haya
sido notificada a COAXA el 13 de enero de 2003, no significa que éste haya
tomado conocimiento del cambio de domicilio recién en esa fecha.

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