Sentencia nº 000080-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 17 de Marzo de 2004

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2004
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente113-2003/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0080-2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 113-2003/CCD
M-SDC-02/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE REPRESIÓN DE LA COMPETENCIA
DESLEAL (LA COMISIÓN)
DENUNCIANTE : INDUSTRIAS OVNI S.R.L. (OVNI)
DENUNCIADA : CORPORACIÓN REALSA S.A.C. (REALSA)
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
ACTOS PROHIBIDOS RESPECTO DE LA PROCEDENCIA
GEOGRÁFICA
ACTOS DE ENGAÑO
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
GRADUACIÓN DE LA SANCIÓN
ACTIVIDAD : IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS DE GRIFERÍA
SUMILLA: en el procedimiento seguido entre Industrias Ovni S.R.L. contra
Corporación Realsa S.A.C., por presuntas infracciones a la Ley sobre
Represión de la Competencia Desleal, la Sala ha resuelto confirmar la
Resolución N° 129-2003/CCD-INDECOPI, en los extremos que: (i) declaró que
Corporación Realsa S.A.C. era responsable por la comisión de actos de
competencia desleal en la modalidad de actos prohibidos respecto de la
procedencia geográfica; (ii) declaró que Corporación Realsa S.A.C. era
responsable por la comisión de actos de competencia desleal en la
modalidad de actos de engaño; y, (iii) ordenó a Corporación Realsa S.A.C.,
como medidas complementarias: (a) el cese definitivo e inmediato de la
comercialización de los productos materia de la denuncia; (b) la
inmovilización de los productos materia de denuncia que estuvieran en su
poder o en poder de terceros; y, (c) el comiso definitivo de las duchas
eléctricas y los empaques de las mismas con la indicación "Milano",
conjuntamente con los colores verde, blanco y rojo en el fondo ubicados de
manera secuencial en el empaque y en las etiquetas del producto, así como
las indicaciones referentes al producto materia de denuncia, a sus
características y a sus precauciones en idioma italiano que estuvieron en su
poder o en poder de terceros.
Ello debido a que, se ha acreditado que Corporación Realsa S.A.C. importó al
país bienes procedentes de China -que incluían la indicación de origen
"Milano", junto con los colores característicos de la bandera italiana-
contraviniendo lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley sobre Represión de la
Competencia Desleal; asimismo, Corporación Realsa S.A.C. no ha
demostrado que los productos que importa cuenten con la certificación "ISO
9002", por lo que la consignación de dicha frase en el empaquetado de las
duchas contraviene lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley Sobre Represión
de la Competencia Desleal.

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