Sentencia nº 000848-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 19 de Diciembre de 2001

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente101-1999/01-15/CRP-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0848-2001/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 101-1999-01-15/CRP-ODI-CCPL
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN EL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE
LIMA (LA COMISION)
DEUDOR : CONSERVERA EL PILAR S.A. EN LIQUIDACION
(CONSERVERA EL PILAR)
ACREEDOR : ERICK GIOVANNI GONZALES LOPEZ (EL SEÑOR
GONZALES)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CREDITOS
CREDITO LABORAL
REDUCCION DE CREDITOS
ACTIVIDAD : ELABORACION Y CONSERVACION DE PESCADO Y
PRODUCTOS DE PESCADO
SUMILLA: en el procedimiento de reconocimiento de créditos laborales
seguido por el señor Erick Giovanni Gonzáles López frente a Conservera El
Pilar S.A. en Liquidación, la Sala ha resuelto declarar infundada la apelación
interpuesta por Conservera El Pilar y, en consecuencia, confirmar la
Resolución N° 2693-2001/CRP-ODI-CCPL emitida el 22 de agosto del 2001
por la Comisión de Reestructuración Patrimonial de la Oficina
Descentralizada del Indecopi en el Colegio de Contadores Públicos de Lima,
por la cual se declaró fundado en parte el recurso de reconsideración
interpuesto por Conservera El Pilar contra la Resolución N° 1032-2001/CRP-
ODI-CCPL del 7 de marzo del 2001 y, en consecuencia, redujo los créditos
reconocidos a favor del señor Gonzáles en S/. 2 151,00 y fijó los mismos en
S/. 12 853,64 por concepto de capital derivados de remuneraciones. Ello,
toda vez que con la documentación presentada, Conservera El Pilar
únicamente acreditó haber pagado una parte de los créditos reconocidos
por concepto de remuneraciones a favor de dicho trabajador.
Lima, 19 de diciembre del 2001
I ANTECEDENTES
El 25 de enero del 2001, el señor Gonzáles invocó el reconocimiento de créditos
de origen laboral frente a Conservera El Pilar
1
ascendentes a S/. 17 221,31 por
concepto de capital derivados de compensación por tiempo de servicios – CTS y
remuneraciones impagas, para lo cual presentó una liquidación de beneficios
1
Mediante Resolución N° 1156-1999/CRP-ODI-CCPL del 27 de julio de 1999 se declaró la insolvencia de Conservera El
Pilar. El 6 de agosto de 1999 se hizo la publicación de ley, notificándose a los acreedores de dicha empresa a efectos de
que solic iten el reconocimiento de sus créditos. Asimismo, en junta de acreedores del 21 de noviembre del 2000 se
acordó la dis olución y liquidación de la empresa insolvente, suscribiéndose en junta de acreedores del 31 de enero del
2001 el respectivo Convenio de Liquidación con Top Consulting Management, entidad encargada del proceso de
liquidación de Conservera El Pilar.

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