Sentencia nº 000846-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 19 de Diciembre de 2001
Fecha de Resolución | 19 de Diciembre de 2001 |
Emisor | Tribunal de Defensa de la Competencia |
Expediente | 031-2001/CCD |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION N° 0846-2001/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 031-2001/CCD
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REPRESION DE LA COMPETENCIA
DESLEAL (LA COMISION)
DENUNCIANTE : ELI LILLY AND COMPANY (ELI LILLY)
DENUNCIADAS : PHARMALAB S.A. (PHARMALAB)
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
VIOLACION DE SECRETOS
PROCESAL
NULIDAD
ACTIVIDAD : FABRICACION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS
SUMILLA: en el procedimiento seguido por Eli Lilly and Company contra
Pharmalab S.A. por presuntos actos de competencia desleal, la Sala ha
resuelto declarar nula la Resolución Nº 057-2001/CCD-INDECOPI emitida por
la Comisión de Represión de la Competencia Desleal el 5 de julio de 2001, que
declaró infundada la denuncia.
La referida Comisión no tuvo en cuenta al expedir su pronunciamiento que
conforme a lo previsto en la Ley de Propiedad Industrial la información
discutida en el procedimiento debería ser considerada como un secreto
industrial, puesto que dicha norma legal establece en su artículo 118° que no
se considera que la información presentada ante organismos públicos para
obtener autorizaciones, ingresa al dominio público. En consecuencia,
conforme a las competencias otorgadas por el artículo 121° de la Ley de
Propiedad Industrial correspondía que la Comisión evalúe si en el presente
caso se verificó el supuesto de violación de secretos tipificado en el artículo
15° de la Ley sobre Represión de la Competencia Desleal, debiendo requerir
previamente a la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías, su opinión
con relación a la infracción denunciada.
En tal sentido, en la medida que la Comisión no cumplió con requerir el
referido informe a la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías, la
Resolución Nº 057-2001/CCD-INDECOPI se expidió vulnerando el artículo 121°
de la Ley de Propiedad Industrial, configurándose una de las causales de
nulidad previstas en la Ley de Normas Generales de Procedimientos
Administrativos.
Lima, 19 de diciembre de 2001
I ANTECEDENTES
El 30 de marzo de 2001, Eli Lilly denunció a Pharmalab por presuntos actos de
competencia desleal cometidos con ocasión de la fabricación de productos
basados en el principio activo “raloxifeno”. Mediante Resolución Nº 057-2001/CCD-
INDECOPI del 5 de julio de 2001, la Comisión declaró infundada la denuncia por
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