Sentencia nº 000079-2004/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 10 de Marzo de 2004

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2004
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente057-2003/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION N° 0079-2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 057-2003/CCD
M-SDC-02/1B
PROCEDENCIA : COMISION DE REPRESION DE LA COMPETENCIA
DESLEAL (LA COMISION)
DENUNCIANTE : PROCEDIMIENTO SEGUIDO DE OFICIO
DENUNCIADOS : MERCADOS & NORANDINA S.A. (M&N)
GRUPO Q COMUNICACIONES S.A. (GRUPO Q)
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
PUBLICIDAD COMERCIAL
GRADUACION DE LA SANCION
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
ACTIVIDAD : DIARIOS Y REVISTAS
SUMILLA: en el procedimiento seguido de oficio por la Comisión de
Represión de la Competencia Desleal contra Grupo Q Comunicaciones S.A.
y Mercados & Norandina S.A. por presunta infracción al principio de
legalidad contenido en el artículo 3° de las Normas de la Publicidad en
Defensa del Consumidor, la Sala ha resuelto lo siguiente:
(i) Confirmar la Resolución N° 079-2003/CCD-INDECOPI emitida por la
Comisión de Represión de la Competencia Desleal el 21 de julio de
2003 en el extremo que determinó la existencia de una infracción a
los artículos 3° y 11° de las Normas de la Publicidad en Defensa del
Consumidor por parte de Mercados & Norandina S.A. y Grupo Q
Comunicaciones S.A., modificándola en sus fundamentos.
(ii) Confirmar la Resolución N° 079-2003/CCD-INDECOPI en el extremo
que ordenó a Mercados & Norandina S.A. y Grupo Q Comunicaciones
S.A.el cese definitivo e inmediato de la difusión de la publicidad de la
revista "Business" materia del procedimiento
(iii) Modificar la Resolución N° 079-2003/CCD-INDECOPI en el extremo
que impuso a Mercados & Norandina S.A. una multa de diez (10)
Unidades Impositivas Tributarias y a Grupo Q Comunicaciones S.A.
una multa de quince (15) Unidades Impositivas Tributarias, en
consecuencia, se sanciona a Mercados & Norandina S.A. y Grupo Q
Comunicaciones S.A. con una sola multa equivalente a 10 (diez)
Unidades Impositivas Tributarias, precisándose que son
responsables solidariamente por su pago, sin perjuicio de lo cual, en
las relaciones internas de las partes, a efectos de que aquel que
asuma el pago de la multa pueda repetir contra el otro infractor,
corresponderá a Grupo Q Comunicaciones asumir el 60% de la multa,
mientras que a Mercados & Norandina S.A. el 40% de la misma
SANCION: 10 UIT
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION N° 0079-2004/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 057-2003/CCD
2/171717
Lima, 10 de marzo de 2004
I ANTECEDENTES
Mediante Resolución N° 1 emitida el 16 de junio de 2003, la Comisión consideró
que, atendiendo a las recomendaciones del Informe N° 004-2003/CCD-PREV
emitido por la Secretaría Técnica de la Comisión con fecha 9 de junio de 2003,
correspondía iniciar procedimiento de oficio en contra de M&N y la empresa
Quórum Nazca S&S, por la realización y difusión de un anuncio publicitario para la
revista "Business" que muestra las imágenes de un niño pequeño exhibiendo a un
miembro de su familia para satisfacer la curiosidad sexual de otros niños,
obteniendo a cambio de ello una ganancia de dinero.
Según manifestó la Comisión, el contenido del anuncio no guardaba relación con
el bien que estaba siendo ofrecido y existían indicios razonables de que éste
contravenía lo dispuesto en el artículo 11° de las Normas de la Publicidad en
Defensa del Consumidor que regula la participación de menores de edad en
anuncios publicitarios. En ese sentido, además de disponer el inicio del presente
procedimiento, la Comisión ordenó como medida cautelar, el cese preventivo e
inmediato de la difusión del anuncio presuntamente infractor1.
Si bien se inició el procedimiento contra Quórum Nazca S&S, la empresa Grupo Q
se apersonó al procedimiento como responsable de la elaboración del anuncio
materia de denuncia2, manifestando en sus descargos lo siguiente:
(i) Grupo Q fue contratado por M&N para elaborar un anuncio para la revista
"Business", pero que fue esta última la que negoció la difusión del anuncio
con los medios de comunicación, teniendo en cuenta que, por tratarse de
una revista de negocios, ésta debía realizarse en forma tal que llegara al
adulto profesional vinculado con el análisis económico.
(ii) El mensaje central del anuncio está relacionado con el concepto de
generación de negocio o actividad económica, por lo que no iba dirigido a
menores sino a un público adulto y profesional afín a esa actividad, lo cual
se corrobora con el horario de difusión del anuncio, y la limitación de los
medios de comunicación que lo transmitieron: horario más allá de la hora
de protección a menores por canales de señal por cable.
1 En la Resolución N° 1 la Comisión también resolvió requerir a las c o-denunciadas que informen (i) la fecha de inicio de
la difusión de la publicidad materia de denuncia; y, (i i) la cantidad y/o frecuencia de los anuncios difundidos.
2Mediante Resolución N° 2 emitida el 14 de julio de 2003 la Comisión rectificó la Resolución N° 1 y, en consecuencia,
entendió a Grupo Q como co-denunciada en el procedimiento.

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