Sentencia nº 000267-2013/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 14 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente33-2012/CCO-INDECOPI-01-53
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defensa d e la Competencia
RESOLUCIÓN 0267-2013/SDC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 33-2012/CCO-INDE COPI-01-53
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES LIMA SUR
DEUDOR : CLUB ALIANZA LIMA
ACREEDOR : ROLANDO NARVÁEZ NATIVIDAD
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL PREVENTIVO
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DEPORTIVAS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 5103-2012/CCO-INDECOPI del 16
de agosto de 2012, que reconoció créditos a favor del señor José
Rolando Narváez Natividad frente al Club Alianza Lima ascendentes a
S/. 21 010,25 por capital y S/. 283,45 por intereses derivados de
remuneraciones, CTS, vacaciones, bonificación extraordinaria 9% y
gratificaciones; debido a que el trabajador acreditó el vínculo laboral con
la empresa deudora durante el periodo en el que se devengaron dichos
créditos.
Lima, 14 de febrero de 2013
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 2152-2012/CCO-INDECOPI del 27 de marzo de
2012, la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur (en adelante,
la Comisión) declaró el inicio del procedimiento concursal ordinario del
Club Alianza Lima (en adelante, Alianza Lima) al amparo de lo dispuesto
por el Decreto de Urgencia 010-2012, publicado en el diario oficial “El
Peruano” el 4 de marzo de 2012. El 20 de abril de 2012, se designó a
Albaconsult S.A.C. (en adelante, Albaconsult) como administrador
temporal de Alianza Lima. Dicha situación fue publicada en el diario oficial
“El Peruano” el 23 de abril de 2012, por lo que la fecha para la
presentación de las solicitudes de reconocimiento de créditos venció el 16
de mayo de 2012, conforme a lo dispuesto por el numeral 4 del artículo 3
2. Mediante escrito del 11 de mayo de 2012, complementado el 31 de mayo
de 2012, el señor Rolando Narváez Natividad (en adelante, el señor
Narváez) solicitó ante la Comisión el reconocimiento de créditos frente a
Alianza Lima ascendentes a S/. 23 328,15 por capital y S/. 283,45 por
intereses, de acuerdo con el siguiente detalle:
Concepto Periodo Capital S/. Intereses
S/.
Compensación por Del 30 de abril de 5 686,94
283,45

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