Sentencia nº 000360-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 14 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente961-2012/PS2
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0360-2013/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 961-2012/PS2
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR N° 2
PROCEDIMIENTO : CONTIENDA DE COMPETENCIA
DENUNCIANTE : HERNÁN FRANK HERNÁNDEZ AQUIJE
DENUNCIADO : BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS S.A.
MATERIA : SERVICIOS FINANCIEROS
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE INTERMEDIACIÓN MONETARIA
SUMILLA: Se declara que el Órgano Resolutivo de Procedimientos
Sumarísimos de Protección al Consumidor Nº 2 es el órgano competente,
por razón de cuantía, para conocer la denuncia del señor Hernán Frank
Hernández Aquije.
Lima, 14 de febrero del 2013
ANTECEDENTES
1. El 23 de agosto de 2012, el señor Hernán Frank Hernández Aquije (en
adelante, el señor Hernández) denunció a Banco Interamericano de Finanzas
S.A.1 (en adelante, el Banco) por infracción de la Ley 29571, Código de
Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código). En su
denuncia, el señor Hernández aseguró que durante los meses de junio, julio
y agosto de 2012, el Banco le requirió el pago de un saldo deudor superior al
que adeudaba, en relación a los consumos que efectuó con cargo a su
Tarjeta de Crédito 4067740000096746, conforme al siguiente detalle:
Periodo Facturación 18-04-12 - 17-05-12 18-05-12 - 17-06-12 18-06-12 - 17-07-12
Fecha Vencimiento 05-Junio-2012 09-Julio-2012 06-Agosto-2012
Importe Adeudado S/. 6 368,06 S/. 6 072,63 S/. 3 766,39
Importe Cobrado S/. 9 789,50 S/. 8 957,18 S/. 5 998,99
Cobro en Exceso S/. 3 421,44 S/. 2 884,55 S/. 2 232,60
Total Cuestionado S/. 8 538,59
2. A su vez, el señor Hernández indicó que la información contenida en los
estados de cuenta de su tarjeta de crédito no era precisa ni directa,
generándole confusión respecto al valor real que adeudaba. Finalmente,
afirmó que el Banco omitió atender sus reclamos del 9, 20 de junio y 21 de
agosto de 2012, por los cuales manifestó su disconformidad con los cobros
excesivos cuestionados.
3. Mediante Resolución 0852-2012/PS2 emitida el 13 de setiembre de 2012, el
Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al
1 RUC: 20101036813, con d omicilio fiscal en Av. Ricardo Rivera Navarrete 600, Distrit o de S an Isidro, Provincia y
Departamento de Lima.

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