Sentencia nº 000358-2013/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 14 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2013
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente4-2012/CPC-INDECOPI-CAJ
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 0358-2013/SPC-I NDECOPI
EXPEDIENTE 4-2012/CPC-IND ECOPI-CAJ
M-SPC-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL
INDECOPI DE CAJAMARCA
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ERIK RONALD SÁNCHEZ LLANOS
DENUNCIADA : ORFA RUTH COLQUI LOYOLA
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : OTRAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON SALUD
HUMANA
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado que declaró fundada la
denuncia en los extremos referidos a: (i) la información errónea sobre la
condición de especialista en ortodoncia de la denunciada; y, (ii) el
inadecuado tratamiento de ortodoncia brindado al haberse extraído una
pieza dental sin un diagnóstico que respalde dicho procedimiento.
SANCIÓN: 3 UIT
Lima, 14 de febrero de 2013
ANTECEDENTES
1. El 18 de enero de 2012, el señor Erik Ronald Sánchez Llanos (en adelante,
el señor Sánchez) denunció a la señora Orfa Ruth Colqui Loyola1 (en
adelante, la señora Colqui) por infracciones a la Ley 29571, Código de
Protección y Defensa del Consumidor (en adelante, el Código).
2. El señor Sánchez señaló que el 16 de abril de 2010 contrató los servicios
de la señora Colqui a fin de que le brindara un tratamiento de ortodoncia; no
obstante, este no fue idóneo toda vez que:
(i) La denunciada se presentó como especialista en ortodoncia; sin
embargo, a través de la información proporcionada por Colegio de
Odontólogos de Cajamarca verificó que esta no contaba con dicha
especialidad; y,
(ii) el 20 de agosto de 2011, la denunciada le extrajo una pieza dental
aduciendo que era necesario para la colocación de los brackets fijos,
pese a que no contaba con un diagnóstico que justificara dicho
procedimiento.
1 RUC: 10040844622. Domicilio: Jr. Amalia Puga 931 (Segundo Piso), Cajamarca.

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