Sentencia nº 000295-2006/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 17 de Marzo de 2006

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2006
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente199928-2004/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0295-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 199312-2004
Acumulado al 199928-2004
1-17
EXPEDIENTE N° 199312-2004
SOLICITANTE : CARMEN AÍDA BRAVO INDACOCHEA
OPOSITOR : DINO MORALES ALARCÓN
Examen de registrabilidad del signo solicitado
EXPEDIENTE N° 199928-2004
ACCIONANTE : CARMEN AÍDA BRAVO INDACOCHEA
EMPLAZADO : DINO MORALES ALARCÓN
Nulidad de registro de marca – Principio de especialidad – Riesgo de
confusión entre signos que distinguen productos de las clases 7 y 11 de la
Nomenclatura Oficial: Existencia
Lima, ocho de marzo del dos mil seis.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 7 de enero del 2004, Carmen Aída Bravo Indacochea (Perú) solicitó,
mediante expediente N° 199312-2004, el registro de la marca de producto
constituida por el logotipo conformado por la denominación BRASEC escrita en
letras características al interior de una figura rectangular; sin reivindicar colores;
conforme al modelo, para distinguir lavadoras, exprimidoras de cítricos,
lavadoras, licuadoras, batidoras, lustradoras, máquinas de costura, remalladoras,
extractores de jugo, abrelatas eléctricos, aspiradoras, bicicletas, bombas
centrífugas, máquinas de cocina eléctrica, telares, de la clase 7 de la
Nomenclatura Oficial.
Con fecha 10 de mayo del 2004, Dino Morales Alarcón (Perú) formuló oposición
a la solicitud de registro manifestando lo siguiente:
(i) Ser titular de la marca BRASEC, que distingue productos de la clase 7 de
la Nomenclatura Oficial, a la cual el signo solicitado resulta ser
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 0295-2006/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 199312-2004
Acumulado al 199928-2004
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confundible, ya que comparten la denominación BRASEC, además que
distinguen los mismos productos.
(ii) Si bien es cierto que el signo solicitado contiene un tipo de grafía especial,
ello no resulta suficiente a efectos de otorgarle distintividad.
(iii) La coexistencia de los signos en cuestión es susceptible de generar
confusión indirecta, ya que los consumidores podrían considerar que los
productos que se pretende distinguir con el signo solicitado provienen del
mismo origen empresarial que los productos que distingue su marca
registrada.
(iv) Asimismo, generaría un riesgo de asociación respecto del mensaje de
calidad que intrínsecamente transmite su marca registrada BRASEC.
(v) En el caso del signo solicitado, se aprecia que el elemento figurativo
cumple una función secundaria en la conformación del signo, siendo el
elemento predominante la denominación BRASEC.
(vi) El solicitante pretende configurar un acto de competencia desleal al
intentar emplear o imitar un signo distintivo ajeno. Invocó el artículo 137
de la Decisión 486.
No obstante haber sido notificada correctamente, Carmen Aída Bravo
Indacochea no cumplió con absolver el traslado de la oposición.
Con fecha 28 de junio del 2004, Carmen Aída Bravo Indacochea presentó un
escrito manifestando lo siguiente:
(i) La marca base de la oposición viene siendo materia de una acción de
nulidad que se tramita bajo expediente N° 199928-2004.
(ii) Es titular, en la clase 11 de la Nomenclatura Oficial, de la marca BRASEC
SUPER MEZCLADORA (certificado N° 83941).
(iii) Fue titular de la marca BRASEC y logotipo en las clases 9 y 11 de la
Nomenclatura Oficial.
(iv) Ha solicitado el registro de las marcas BRASEC y logotipo en las clases 8
y 9 de la Nomenclatura Oficial, tramitadas bajo expedientes 199313-
2004 y N° 199314-2004, respectivamente.
(v) El opositor, bajo expediente N° 190259-2003, pretendió inscribir la marca
BRASEC en la clase 11, siendo dicha solicitud denegada mediante
Resolución N° 351-2004/TPI-INDECOPI de fecha 27 de abril del 2004.
Con fecha 14 de enero del 2004, Carmen Aída Bravo Indacochea, mediante
expediente N° 199928-2004, solicitó la nulidad del registro de la marca BRASEC,
registrada en la clase 7 de la Nomenclatura Oficial, bajo certificado N° 93567, a
favor de Dino Morales Alarcón, manifestando lo siguiente:
(i) Mediante certificados N° 99695 y N° 99696 de fecha 2 de octubre de 1992
se inscribieron, a favor de la empresa Master Service S.A.C., las marcas

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