Sentencia nº 002583-2007/TPI de Sala Especializada en Propiedad Intelectual, 13 de Diciembre de 2007

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2007
EmisorSala Especializada en Propiedad Intelectual
Expediente294407-2006/OSD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
RESOLUCIÓN N° 2583-2007/TPI-INDECOPI
EXPEDIENTE N° 294407-2006
1-13
ACCIONANTE : CONSITEX S.A.
EMPLAZADO : CARLOS CÉSAR BALLÓN
Apelación de sanción de multa.
Lima, trece de diciembre del dos mil siete.
I. ANTECEDENTES
Con fecha 18 de octubre del 2006, Consitex S.A. (Panamá) interpuso denuncia
por infracción a sus derechos de propiedad industrial contra el conductor del
establecimiento comercial “Versaus” o “Fashion” o “Versaus Boutique” ubicado
en el Centro Comercial Primavera Park Plaza, tda. 128, San Borja por la
comercialización de prendas de vestir en las cuales usa indebidamente las
marcas registradas ERMENEGILDO ZEGNA (certificado Nº 111898) y la Z y
logotipo (certificado Nº 83897). Manifestó lo siguiente:
(i) Es titular de diferentes marcas de producto, tales como: i)
ERMENEGILDO ZEGNA (certificado 111898); ii) Z y logotipo
(certificado Nº 83897), iii) ERMENEGILDO ZEGNA SOFT y logotipo
(certificado Nº 84669), entre otras
(ii) Sus marcas gozan de reconocido prestigio a nivel mundial debido a la
alta calidad de los productos que distinguen.
(iii) El emplazado viene comercializando camisas en las cuales utiliza
indebidamente la marca mixta ERMENEGILDO ZEGNA y la marca
denominativa Z y logotipo.
Solicitó las siguientes medidas cautelares:
- El cese de la producción y/o comercialización de los productos materia de
la infracción.
- El comiso de los productos infractores, etiquetas y cualquier material
publicitario que las produzcan.
- El cierre temporal del establecimiento infractor.
Asimismo, solicitó:
- La publicación de la resolución condenatoria a costa del infractor.
- La prohibición al denunciado de seguir usando el signo distintivo materia
de la presente acción.
- Que el infractor proporcione e indique el nombre del proveedor, fabricante
de los productos infractores y sus direcciones correspondientes a quienes
se extenderá la presente denuncia.
- El pago de costas y costos.
Adjuntó como medio probatorio:
- Fotos de la camisa comercializada por el infractor.

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